Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2009 (11/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de octubre de 2009

MYPE e Industria y el Informe Nº 249-2009-PRODUCE/ OGAJ-nkics de la Oficina General de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28677 ­ Ley de la Garantia Mobiliaria, se regula la garantia mobiliaria para asegurar obligaciones de toda naturaleza, presentes o futuras, determinadas o determinables, sujetas o no a modalidad; Que, si bien la acotada Ley posibilito que el solicitante de un prestamo constituya ampliamente garantia sobre bienes muebles, lo cual es un significativo avance frente al MORDAZA legal anterior, esta no ha causado el impacto economico esperado. Asimismo, se ha evidenciado que en el sistema de registro de garantias mobiliarias, existe un sistema informatico limitado de acceso publico y de inscripcion; Que, considerando el escenario descrito precedentemente, mediante Resolucion Suprema Nº 2272009-JUS del 25 de setiembre de 2009, se constituyo una Comision Multisectorial de caracter temporal, dependiente del Ministerio de Justicia encargada de analizar el documento denominado "Peru: Diagnostico y recomendacion de mejoras para el sistema de garantias mobiliarias"; Que, los articulos 2º y 3º de la acotada Resolucion Suprema establece que la Comision estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Produccion, y que las entidades que forman parte de la Comision designaran a sus representantes mediante Resolucion del Titular del Sector, dentro de los cinco (5) dias de publicada la Resolucion Suprema; Que, en dicho MORDAZA, mediante el Memorando de Vistos el Viceministro de MYPE e Industria alcanza a la Secretaria General su propuesta a efectos que se designe a la persona que representara al Ministerio de la Produccion ante la Comision Multisectorial encargada de analizar el documento denominado "Peru: Diagnostico y recomendacion de mejoras para el sistema de garantias mobiliarias"; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente se designa a los miembros de Comisiones Multisectoriales; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, la Resolucion Suprema Nº 227-2009-JUS ­ Conforman Comision Multisectorial encargada de analizar el documento denominado Peru: diagnostico y recomendaciones de mejoras para el sistema de garantias mobiliarias", y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designacion Designar, a partir de la fecha, a la senorita MAGGY MORDAZA MORDAZA PETRERA, como representante del Ministerio de la Produccion ante la Comision Multisectorial encargada de analizar el documento denominado "Peru: Diagnostico y recomendacion de mejoras para el sistema de garantias mobiliarias", conformada por Resolucion Suprema Nº 227-2009-JUS. Articulo 2º.- Notificacion Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de Justicia, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 407489-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto del Convenio de Colaboracion entre el Ministerio y el Gobierno Regional de MORDAZA referente a las Escuelas de Conductores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 597-2009-MTC/02 MORDAZA, 26 de agosto de 2009. VISTO: El Informe Nº 404-2009-MTC/15 de fecha 5 de agosto de 2009 y el Memorandum Nº 2613-2009-MTC/15 de fecha 19 de agosto de 2009, de la Direccion General de Transporte Terrestre; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, en adelante el Reglamento, el mismo que regula, entre otros, las condiciones, requisitos y procedimientos para la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, ademas de sus obligaciones y regimen sancionador aplicable; Que, el articulo 7 del Reglamento establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene competencia normativa, de gestion y fiscalizacion, y en el ejercicio de esta MORDAZA supervisa a las Escuelas de Conductores, entre otros, a fin que cumplan con las obligaciones previstas en el referido Reglamento; Que, los Gobiernos Regionales pueden contribuir a fortalecer el MORDAZA de fiscalizacion a las Escuelas de Conductores, que operan en su ambito territorial, permitiendo supervisar si estas cumplen sus obligaciones, detectando la inobservancia de las mismas, y las infracciones en que incurran, las cuales estan previstas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones del Reglamento; Que, dicha fiscalizacion se materializara a traves del levantamiento de las actas de verificacion, debiendo encontrarse autorizados previamente para ese fin mediante la suscripcion de Convenios de Colaboracion con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme lo establece el inciso b) del numeral 7.3 del articulo 7 del Reglamento; Que, la Direccion General de Transporte Terrestre ha emitido opinion favorable respecto al contenido del Convenio de Colaboracion entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de MORDAZA, en virtud a la solicitud formulada por este ultimo a traves del Oficio Nº 492-2009-GR-CAJ/DRTC-DCT; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto del Convenio de Colaboracion entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de MORDAZA, a que se hace referencia en la parte considerativa, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Convenio aprobado en el articulo precedente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 407771-1

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