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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de abril de 2010 416680 formulación y cumplimiento es obligatorio por parte de los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control; En uso de las facultades previstas en los artículos 22º y 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2010 de cuarenta y un (41) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto y que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de línea de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional anteriormente señalados, se encargarán de cautelar la ejecución de los Planes Anuales de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 083-2010-CG ÍTEM CÓDIGO NOMBRE 1 0058 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA INIEA 2 0159 INSTITUTO DE INVESTIGACION DE LA AMAZONIA PERUANA 3 0191 MINISTERIO DE SALUD 4 0192 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO 5 0220 INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU 6 0229 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD 7 0238 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y CAPACITACION DE TELECOMUNICACIONES - INICTEL UNI 8 0262 SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL 9 0275 MINISTERIO PUBLICO - FISCALIA DE LA NACION 10 0281 MINISTERIO DE JUSTICIA 11 0311 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA - SENAMHI 12 0325 CAJA DE PENSIONES MILITAR - POLICIAL 13 0409 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO 14 0475 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES 15 0495 SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO 16 0644 DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE 17 0648 DIRECCION DE SALUD V LIMA CIUDAD 18 0816 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 02 RIMAC, SAN MARTIN DE PORRES, LOS OLIVOS UGEL 02 RIMAC 19 0865 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU 20 0968 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 05 SAN JUAN DE LURIGANCHO UGEL 05 SAN JUAN DE LURIGANCHO 21 0996 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL N° 07 SEDE SAN BORJA 22 0998 HOSPITAL VICTOR LARCO HERRERA 23 2632 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA 24 2677 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SARAYACU 25 2708 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA 26 3474 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LORETO S.A. 27 3755 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL “HONORIO DELGADO- HIDEYO NOGUCHI” 28 3763 HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 29 4163 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA 30 4600 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA 31 5309 SEGURO INTEGRAL DE SALUD 32 5331 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS 33 5345 GOBIERNO REGIONAL LORETO 34 5434 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZONICOS Y AFROPERUANO - INDEPA 35 5435 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL 36 5444 RED DE SALUD RIMAC SAN MARTIN DE PORRES LOS OLIVOS 37 5573 UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA ÍTEM CÓDIGO NOMBRE 38 5683 MINISTERIO DEL AMBIENTE 39 5685 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO 40 5736 AUTORIDAD NACIONAL DE SERVICIO CIVIL 41 9051 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICAC. - OSIPTEL 475974-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Conceden la Medalla “Defensoría del Pueblo” a destacadas personalidades RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 0010í2010/DP Lima, 31 de marzo de 2010 VISTOS: La Resolución Defensorial N° 002í2010/DP, mediante la cual se convoca a la Quinta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo”, y el Acta de Evaluación y Designación de las Candidaturas Ganadoras del Jurado Califi cador de la Quinta Entrega de la referida medalla; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Defensorial N° 010-2006/ DP, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de febrero del 2006, la Defensoría del Pueblo creó un Premio Nacional destinado a expresar público reconocimiento a aquellas personas o instituciones, nacionales o extranjeras, que hayan destacado signifi cativamente en la promoción, defensa y consolidación del orden constitucional, la institucionalidad democrática y la vigencia de los derechos humanos; Que, con Resolución Defensorial N° 002í2010/DP, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de enero del 2010, se convocó a la Quinta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo”; Que, en el Acta de Evaluación y Designación de las Candidaturas Ganadoras del Jurado Califi cador de la Quinta Entrega de la Medalla “Defensoría del Pueblo”, de fecha 25 de marzo del 2010, consta la decisión del Jurado de conceder la medalla al Embajador Javier Pérez de Cuéllar, candidatura presentada por Mario Vargas Llosa, Salomón Lerner Febres y Pilar Coll Torrente; Que, el Embajador Javier Pérez de Cuéllar ostenta una trayectoria comprometida con la búsqueda de la paz y de los consensos en los ámbitos internacional y nacional, prestigiando el diálogo como mecanismo a emplear en la solución de confl ictos, como lo acredita el ejercicio del alto cargo de Secretario General de las Naciones Unidas en cuyo mandato la Organización de las Naciones Unidas se reafi rmó como un foro de discusión y solución de los problemas del mundo; Que, la valía del Embajador Pérez de Cuéllar se refuerza con su condición de destinatario de innumerables distinciones como el Premio Príncipe de Asturias, así como el Premio Olof Palme de Entendimiento Internacional y Seguridad Común, entre otros; Que, del mismo modo, el Jurado Califi cador decidió conceder la Medalla “Defensoría del Pueblo” a la señora Liliana Mayo Ortega, Fundadora y Directora General del Centro Ann Sullivan del Perú (CASP), organización no gubernamental sin fi nes de lucro, reconocida internacionalmente, cuyo modelo es aplicado en países como Argentina, Brasil, Bolivia, Guatemala y España, cuya candidatura fue presentada por Oswaldo Cava Arangoitia; Que, la señora Liliana Mayo Ortega ha realizado, durante 30 años, un trabajo prolijo y perseverante, que merece distinguirse, por el reconocimiento de las habilidades diferentes y potencialidades de las personas