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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de marzo de 2013 491865 ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en el marco del acuerdo del Grupo Técnico de Cooperación de la Alianza del Pacífi co para el mejoramiento de la competitividad de las PYMES exportadoras de Perú, México, Colombia y Chile, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia se encuentra realizando el evento “Instrumentos y Mecanismos de Mejora de Competitividad y Promoción de PYMES Exportadoras”, a realizarse en la ciudad de Cali, República de Colombia, los días 4 y 5 de abril de 2013, con el objetivo de promover los mecanismos de competitividad empresarial, fi nanciamiento para el crecimiento y sostenibilidad de las PYMES exportadoras de la Alianza del Pacífi co, a través del intercambio de experiencias; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en dicho evento, porque permitirá intercambiar información respecto de los mecanismos de promoción y fi nanciamiento para las PYMES exportadoras de la región, que facilite su crecimiento, en condiciones de competitividad y sostenibilidad, de acuerdo con los requerimientos de calidad y efi ciencia de los mercados internacionales; Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor David Eduardo Paredes Bullón, quien presta servicios en la Sub Dirección de Servicios y Asistencia Empresarial, a la ciudad de Cali, República de Colombia, teniendo en cuenta que los gastos de alojamiento, alimentación y traslados internos serán asumidos por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia – APC; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor David Eduardo Paredes Bullón, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 3 al 6 de abril de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US $ 690,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor David Eduardo Paredes Bullón, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese y comuníquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 918124-2 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL