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El Peruano Lunes 15 de diciembre de 2014 539892 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA R.D. N° 183-2014-GRL-GRDE-DREM.- Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en periodo comprendido entre el 1 de agosto al 31 de noviembre de 2014 539913 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Res. N° 1469-2014-GRSM/PGR.- Aprueban Plan Anual del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de San Martín 539914 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 001-2014-2015-CR LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR Artículo 1. Materias y plazo de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislar, a partir del día siguiente del término de la Primera Legislatura Ordinaria correspondiente al Período Anual de Sesiones 2014-2015 hasta el 28 de febrero de 2015, sobre los siguientes asuntos: 1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso al 15 de diciembre de 2014, y aquellos que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones. 2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú. Artículo 2. Limitaciones Exclúyense de los asuntos a que se refi ere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los doce días del mes de diciembre de dos mil catorce. ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES Presidenta del Congreso de la República ESTHER CAPUÑAY QUISPE Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República 1176835-1 PODER EJECUTIVO CULTURA Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral - Supe RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 454-2014-MC Lima, 12 de diciembre de 2014 Visto, el Memorando Nº 1192-2014-OGPP-SG/MC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-ED se creó el Proyecto Especial Arqueológico Caral – Supe con plena autonomía de gestión científi ca, administrativa y fi nanciera, siendo responsable de las actividades de investigación, registro, puesta en valor y conservación de la Ciudad Sagrada de Caral – Supe ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, en cuyo artículo 102 se establece que el Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral forma parte del Ministerio y cuyas competencias, objetivos, funciones y organización se regulan de acuerdo a las normas de su creación y demás complementarias respectivas; Que, de acuerdo al artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se establece que la defi nición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones; Que, el artículo 36 de la citada norma, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará por lo menos la siguiente información: a) Descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; b) Organización del programa o proyecto: organización, funciones y responsabilidades; c) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación, desembolsos, según corresponda; y d) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión