Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de diciembre de 2015 /

El Peruano

enero de 2016, con el objeto de asistir a la IV Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), que se realizará en la ciudad de Quito, Ecuador. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil quince. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Lima, 23 de diciembre de 2015 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros

En Lima, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil quince. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Lima, 23 de diciembre de 2015. Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros

ANEXO 1
ENERO 2016 1. Entrenamiento de operaciones especiales con el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas (CIOEC) Objetivo Entrenar, asesorar y apoyar al CIOEC Lugares Lima, Callao, Arequipa, Loreto, San Martín, Huánuco, Ucayali, Pasco, Junín, Huancavelica, Cusco, Ayacucho y Apurímac Fecha de inicio 1 de enero de 2016 Tiempo de 365 días (rotación de grupo cada 4 o 6 meses) permanencia Institución Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas involucrada País participante Estados Unidos de América Tipo de unidad Destacamento Operacional Alfa (ODA) participante Cantidad de 14 personal Tipo y cantidad de 1. 14 fusiles M4 (5.56 mm) armas 2. 14 cañones cortos para fusil M4 (5.56 mm) 3. 14 pistolas M9 4. 2 ametralladoras M249 (5.56 mm) 5. 5 ametralladoras M240 6. 2 lanzagranadas M320 7. 1 mortero 60 mm 8. 1 fusil Sniper M2010 9. 6 fusiles SCAR 10. 1 fusil M110 11. 2 escopetas 2. Entrenamiento de operaciones especiales con el Comando de Fuerzas Especiales ­ VRAEM Objetivo Entrenar, asesorar y apoyar al CE-VRAEM Lugares Lima, Callao, Arequipa, Loreto, San Martín, Huánuco, Ucayali, Pasco, Junín, Huancavelica, Cusco, Ayacucho y Apurímac Fecha de inicio 1 de enero de 2016 Tiempo de 365 días (rotación de grupo cada 4 o 6 meses) permanencia Institución Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas involucrada País participante Estados Unidos de América Tipo de unidad Destacamento Operacional Alfa (ODA) participante Cantidad de 14 personal Tipo y cantidad de 1. 14 fusiles M4 (5.56 mm) armas 2. 14 cañones cortos para fusil M4 (5.56 mm) 3. 14 pistolas M9 4. 2 ametralladoras M249 (5.56 mm) 5. 5 ametralladoras M240 6. 2 lanzagranadas M320 7. 1 mortero 60 mm 8. 1 fusil Sniper M2010 9. 6 fusiles SCAR 10. 1 fusil M110 11. 2 escopetas

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RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N° 30398
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNIDADES NAVALES Y DE PERSONAL MILITAR EXTRANJERO AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ACUERDO CON EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERÚ CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016
Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa Autorízase el ingreso al territorio de la República de unidades navales y de personal militar extranjero, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras, correspondiente al año 2016, en el marco de lo establecido en el inciso 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y conforme a las especificaciones y objetivos descritos en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolución legislativa. Artículo 2. Autorización para modificación de plazos Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución suprema, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, las fechas de inicio de ejecución de la actividad operacional considerada en el Anexo 1, siempre y cuando dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia fijado. El ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en el plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución suprema. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

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