Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2015 (12/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

563672 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 12 de octubre de 2015 /

El Peruano

SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al señor Francisco Adolfo Dumler Cuya. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1297368-2

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan renuncia de Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 237-2015-PCM Lima, 11 de octubre de 2015 Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Milton Martín von Hesse La Serna; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, formula el señor Milton Martín von Hesse La Serna, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1297368-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Transferencia Sectorial encargada del proceso de transferencia de funciones del Sector Transportes al SENACE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 586-2015 MTC/01.02 Lima, 6 de octubre de 2015 VISTO: El Memorando N° 1485-2015-MTC/16 del Director General (e) de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29968 crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente; encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias, que comprenden los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos;

Nombran Ministro de Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 238-2015-PCM Lima, 11 de octubre de 2015

Vivienda,

Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado;

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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