NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (26/09/2015)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 139
562405 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2015 El Peruano / CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 156-2015-P-CNM San Isidro, 18 de setiembre de 2015 VISTO: Los Informes Nºs. 060 y 062-2015-OPCT-CNM, de la Ofi cina de Planifi cación y Cooperación Técnica, sobre la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Que, mediante las Resolución Nº 088-2011-P-CNM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, el mismo que ha sido modifi cado por las Resoluciones Nºs. 020 y 118-2012-P-CNM y 216-2013-P-CNM; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, el artículo 28º de los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que se requiere la aprobación de un nuevo ROF, entre otros casos, para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, para elaborar el nuevo ROF, la Ofi cina de Planifi cación y Cooperación Técnica ha tomado en cuenta las disposiciones generales y criterios para la elaboración de los reglamentos de organización y funciones a que se refi ere el citado Decreto Supremo; Que, igualmente, el artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, se efectúa por Resolución del Titular del Pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 37º de la Ley Nº 26397 – Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Estando con la visación del Director General y de los Jefes de la Ofi cinas de Administración y Finanzas, Asesoría Jurídica y de Planifi cación y Cooperación Técnica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Consejo Nacional de la Magistratura, que forma parte de la presente Resolución y consta de cinco títulos, siete capítulos, 62 artículos, una disposición complementaria fi nal única, una disposición complementaria transitoria primera y una modifi cación complementaria derogatoria única. Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nºs. 088-2011-P-CNM, 020 y 118-2012-P-CNM y 216-2013-P-CNM . Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, y ésta y el texto del Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba, en el portal de transparencia de la página electrónica del Consejo Nacional de la Magistratura (www.cnm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO TALAVERA ELGUERA Presidente 1292205-1 MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncias, dan por concluidos nombramientos, nombran, dan por concluidas designaciones y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4793-2015-MP-FN Lima, 25 de setiembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: El Ofi cio Nº 10082-2015-MP-PJFS-LORETO, de fecha 21 de septiembre de 2015, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, mediante el cual eleva la renuncia al cargo del doctor Hugo Antonio Gaviria Del Castillo, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto, por motivos personales, y conforme a la coordinado con la Presidencia antes señalada, debe ser con efectividad al 24 de septiembre de 2015. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Hugo Antonio Gaviria Del Castillo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 2575-2012-MP-FN y Nº 297-2014-MP-FN, de fechas 28 de septiembre de 2012 y 28 de enero de 2014, respectivamente, con efectividad al 24 de septiembre de 2015. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Área de Coordinación de Estrategias Contra la Criminalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1292558-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4794-2015-MP-FN Lima, 25 de setiembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: El documento de fecha 07 de septiembre de 2015, mediante el cual el doctor Fermín Cirilo Masco Roque, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Especializada de Prevención del Delito de Pasco, formula su renuncia al cargo, por motivos de salud, y conforme a la coordinado con la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, debe ser con efectividad al 23 de septiembre de 2015. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Fermín Cirilo Masco Roque, como Fiscal