Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2016 (26/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de marzo de 2016 /

El Peruano

definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fin de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, la Decisión 804 de la Comunidad Andina "Modificación de la Decisión 436" (Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola"), establece en su tercera Disposición Transitoria que un Grupo de Trabajo de Alto Nivel ­ GTAN, conformado por delegados acreditados de cada País Miembro e integrado por autoridades de los Ministerios de Comercio Exterior, Agricultura, Salud y Ambiente y los Servicios de Sanidad Agropecuaria, procederán a la actualización y revisión del Manual Técnico Andino; Que, la GTAN, en el marco de sus actividades, aprobó un cronograma de reuniones, acordando realizar la IV Reunión en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 04 al 08 de abril de 2016, a fin de continuar con la actualización del Manual antes mencionado; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, profesional que presta servicios a la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 03 al 08 de abril de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la IV Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel a cargo de la actualización del Manual Técnico Andino, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viáticos (US$ 370,00 x 06 días) : US$ 680,34 2 220,00

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Cancelan título de Notario Público del distrito de Juli, provincia de Chucuito, distrito notarial de Puno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0069-2016-JUS Lima, 23 de marzo de 2016 VISTOS, los Oficios N.º 156-2016-JUS/CN-P y N.º 1725-2015-JUS/CN-P, de la Presidenta del Consejo del Notariado, el Oficio N.º 422-2016-JUS/CN-ST y el Informe N.º 315-2015-JUS/CN/ST, de la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N.° 212-2015-CNP-P, del 30 de noviembre de 2015, el Decano del Colegio de Notarios de Puno, comunica a la Presidenta del Consejo del Notariado el fallecimiento del señor DARWIN JONHSON GALLEGOS PAZ, Notario Público del distrito de Juli, provincia de Chucuito, distrito notarial de Puno, para lo cual acompaña copia legalizada del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y la copia simple del Acta de Cierre de Registros del año 2015; Que, mediante el Informe N.º 315-2015-JUS/CN/ST, del 11 de diciembre de 2015, la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado da cuenta del fallecimiento del señor DARWIN JONHSON GALLEGOS PAZ, Notario Público del distrito de Juli, provincia de Chucuito, distrito notarial de Puno; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N.° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por Decreto Legislativo N.º 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar por causal de muerte el título de Notario Público del distrito de Juli, provincia de Chucuito, distrito notarial de Puno, otorgado al señor DARWIN JONHSON GALLEGOS PAZ. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Puno, para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1360346-1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el Sr. Gamero Alania presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1359597-1

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