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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2016 (09/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

586665 NORMAS LEGALES Lunes 9 de mayo de 2016 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la R.S. N° 091-2016-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2016-PCM Lima, 8 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 091-2016- PCM, se autorizó el viaje de la señora BLANCA MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Málaga, Reino de España, del 08 al 12 de mayo de 2016, encargándose la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego; Que, con Resolución Suprema N° 088-2016-PCM, se autorizó el viaje del señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego a las ciudades de Nueva York y San Francisco, Estados Unidos de América, del 05 al 11 de mayo de 2016; Que, por tanto, resulta necesario modifi car la Resolución Suprema N° 091-2016-PCM, a fi n de encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 3 de la Resolución Suprema N° 091-2016-PCM, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3.- Encargar a la señora PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 08 de mayo de 2016 y en tanto dure la ausencia de la titular.” Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1378023-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN