Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2016 (30/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 30 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600385

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0618-2016MTC/28, opina que en aplicación del silencio administrativo positivo corresponde emitir el acto administrativo que declare aprobada la solicitud de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 367-2008-MTC/03, solicitada por el señor GUILLERMO NAVARRO CHIROQUE, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, así como de los permisos, licencias y autorizaciones para la utilización de enlaces auxiliares a la radiodifusión; asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al verificarse que al momento de la aprobación ficta de la solicitud, la adquirente no se encontraba incursa en causal de denegatoria o de impedimento para el otorgamiento de la autorización y verificarse que no se ha incurrido en causal que amerite declarar la nulidad de la resolución ficta que aprobó la citada transferencia; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278 y sus modificatorias; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio - TUPA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 12 de enero de 2012, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada al señor GUILLERMO NAVARRO CHIROQUE mediante Resolución Viceministerial Nº 367-2008-MTC/03, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 3672008-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1434670-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1296-2016-MTC/03 Lima, 22 de setiembre de 2016 Visto, el escrito de registro N° 2012-021243 del 11 de abril de 2012, presentado por el señor WALSON JAVIER RUIZ ZELADA, sobre aprobación de transferencia de autorización a favor de la empresa TELEVISORA GRAU E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 1992008-MTC/03 del 10 de marzo de 2008, notificada el 14 de marzo de 2008, se otorgó autorización al señor WALSON JAVIER RUIZ ZELADA por el plazo de diez (10) años, que incluye el periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, para prestar el servicio

de radiodifusión por televisión comercial en UHF, en la localidad de Piura, departamento de Piura, con plazo de vigencia hasta el 14 de marzo de 2018; Que, con escrito de Visto, el señor WALSON JAVIER RUIZ ZELADA solicita la aprobación de la transferencia de su autorización, a favor de la empresa TELEVISORA GRAU E.I.R.L.; Que, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, siempre que hayan transcurrido al menos dos (02) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23 de la citada Ley; requiriéndose de previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, habiendo transcurrido el plazo máximo establecido en el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión y al no haber emitido este Ministerio, el debido pronunciamiento respecto de la solicitud de aprobación de transferencia de autorización, ello genera que en virtud del silencio administrativo positivo, dicha solicitud presentada con escrito de Visto, se considere automáticamente aprobada en los términos solicitados, a partir del 22 de agosto de 2012; Que, a su vez, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74 y 76 de su reglamento, establece las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 23172016-MTC/28 opina que se debe declarar aprobada la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 199-2008-MTC/03 al señor WALSON JAVIER RUIZ ZELADA, a favor de la empresa TELEVISORA GRAU E.I.R.L., y reconocer a esta última, como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en causal que amerite declarar la nulidad de la resolución ficta que aprobó la citada transferencia, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo Positivo, Ley Nº 29060, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar aprobada, al 22 de agosto de 2012, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 199-2008-MTC/03 al señor WALSON JAVIER RUIZ ZELADA, a favor de la empresa TELEVISORA GRAU E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2.- Reconocer a la empresa TELEVISORA GRAU E.I.R.L., como titular de la autorización otorgada

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