Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2016 (30/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 30 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600407

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa WILTON MOTORS E.I.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, actividad que deberá realizar en el local ubicado en el Parque Industrial del Cono Sur Parcela 1 Manzana 5 Lote 11, en el distrito de Villa el Salvador, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- La empresa WILTON MOTORS E.I.R.L., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller Fecha máxima de presentación 15 de julio de 2017 15 de julio de 2018 15 de julio de 2019 15 de julio de 2020 15 de julio de 2021

Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Directora General Dirección General de Transporte Terrestre 1432780-1

Aceptan renuncia y encargan funciones de responsable de la gestión integral del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito - SINARETT
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4292-2016-MTC/15 Lima, 14 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 789-2013MTC/02, se aprobó la Directiva Nº 01-2013-MTC/02, que establece el Régimen de Gestión del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito ­ SINARETT; Que, el numeral 8.1 de la mencionada Directiva, establece que la Dirección General de transporte Terrestre ­ DGTT, será la responsable de la gestión del SINARETT; asimismo, será la encargada de gestionar los permisos de acceso, brindar la capacitación necesaria a los responsables de los diferentes registros que conforman el mismo; Que, el numeral 8.2 de la referida Directiva establece que la DGTT designará a un profesional responsable de la gestión integral del SINARETT; Que mediante Resolución Directoral Nº 3442016-MTC/15, se designó al señor Mirko Moyasevich Ubillús como responsable de la gestión integral del SINARETT; Que el mencionado funcionario ha presentado renuncia al cargo; De conformidad con la ley Nº 27181, ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Directiva Nº 01-2013-MTC/02; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Mirko Moyasevich Ubillús como responsable de la gestión integral del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito ­ SINARETT, dándosele las gracias por los servicios prestados Artículo 2.- Encargar las funciones de responsable de la gestión integral del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito ­SINARETT, a la Señora Scelza Gisella Lamarca Sánchez. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal de Transparencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo día de su publicación en el Diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Directora General Dirección General de Transporte Terrestre 1434626-1

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa WILTON MOTORS E.I.R.L., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Fecha máxima de presentación 16 de junio de 2017 16 de junio de 2018 16 de junio de 2019 16 de junio de 2020 16 de junio de 2021

ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.

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