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101 NORMAS LEGALES Domingo 16 de julio de 2017 El Peruano / Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero. - APROBAR la DONACIÓN DE S/. 100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100 SOLES) REALIZADA POR LA EMPRESA ALBAUURBE PROMOTORA INMOBILIARIA S.A.C. PARA LA OBRA “CREACIÓN DE LA CASA DE LA MUJER”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Artículo Segundo.- Expresar el agradecimiento correspondiente a nombre de la Municipalidad de Pueblo Libre, Sr. José Ricardo Espantoso Salom, apoderado de la Empresa ALBAUURBE PROMOTORA INMOBILIARIA S.A.C., por la donación señalada en el artículo primero del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA el cumplimiento del presente. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1544515-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Subsanan error material en la Ordenanza N° 344-MDPH, que aprueba la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad ORDENANZA Nº 354-MDPH Punta Hermosa, 20 de junio de 2017VISTO:El Informe Nº 108-2017-MDPH-URRHH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 049-2017-MDPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 30305, los Gobiernos Locales tienen de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es rati fi cado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 344-MDPH se aprobó la modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, instrumento este último aprobado a su vez por la Ordenanza Nº 303-MDPH; Que, mediante Informe Nº 108-2017-MDPH-URRHH la Unidad de Recursos Humanos señala que la Ordenanza Nº 344-MDPH contiene un error material al referirse al D.S. Nº 043-2004-PCM, norma que se encuentra derogada, concluyendo en que debe someterse nuevamente aprobación la modi fi cación del CAP Provisional de la entidad, siguiendo el procedimiento establecido en los numerales 2.9 y 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, efectivamente de la revisión del texto de la Ordenanza Nº 344-MDPH se advierte que en su quinto considerando se ha hecho referencia erróneamente al D.S Nº 043-2004-PCM norma que se encuentra derogada; sin embargo esta de fi ciencia no constituye un vicio transcendente por lo cual no resulta nula de pleno derecho; Que, de otro lado, la Ordenanza Nº 344-MDPH aprueba la modi fi cación del Cuadro de Asignación Provisional de la entidad el cual fue aprobado por la Ordenanza Nº 303-MDPH siguiendo debidamente el procedimiento establecido por la Directiva Nº 001-2014-SERVIR-GPGSC, norma vigente a la fecha de elaboración y aprobación del indicado instrumento de gestión, por lo que sus posteriores modi fi catorias debe efectuarse también al amparo de dicha disposición conforme a la Teoría de los hechos Cumplidos, no siendo aplicables las disposiciones de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR /GDSRH “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”; Que, fi nalmente la modi fi cación del CAP Provisional aprobada por la Ordenanza Nº 344-MDPH responde propiamente a un REORDENAMIENTO DE CARGOS, toda vez que ésta se origina por la creación de cargos como resultado de la modi fi cación del ROF de la entidad, sin que esto conlleve un incremento del presupuesto de la Entidad, por lo cual, conforme a lo establecido en el Art. 5.6º de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR-GPGSC, su aprobación no requiere de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, debiendo únicamente aprobarse mediante el dispositivo legal que corresponda, a decir mediante Ordenanza, previo informe de la Unidad de Recursos Humanos, procedimiento que ha sido observado por la entidad, debiendo únicamente subsanarse el error material contenido en la norma antes mencionada; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9 numeral 8) y Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Nº 354-MDPH QUE SUBSANA EL ERROR MATERIAL CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 344-MDPH QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- SUBSANAR el error material contenido en el quinto considerando de la Ordenanza Nº 344-MDPH que aprueba la modi fi cación del CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, precisándose que la indicada modi fi cación se ha efectuado bajo los alcances de lo dispuesto en el Artículo 5.6 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR-GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, norma bajo la cual se aprobó a su vez la Ordenanza 303-MDPH que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Artículo Segundo.- RATIFIQUESE la vigencia del Cuadro para Asignación de Personal Provisional modi fi cado aprobado por la Ordenanza Nº 344-MDPH. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1544204-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban la declaración de desabastecimiento inminente de víveres y arroz para el Programa de Complementación Alimentaria (PCA) y la contratación directa por desabastecimiento ACUERDO DE CONCEJO Nº 050-2017/MVES Villa El Salvador, 7 de julio de 2017