Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2017 (26/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 26 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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de París, República Francesa, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 5 al 12 de noviembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, de acuerdo al siguiente detalle: MARIA TESSY TORRES SANCHEZ Pasajes internacionales Viáticos (por 4 días + 2 días de instalación) US$ 5 587.16 US$ 3 240.00

Artículo 3.- Encargar las funciones de Presidenta del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA a la señora MIRIAM ALEGRIA ZEVALLOS, Secretaria General del OEFA, en adición a sus funciones, a partir del 5 de noviembre de 2017 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Notificar la presente resolución al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1580530-1

Aprueban otorgamiento de subvención a favor de Unidades Productivas en el marco de la Convocatoria 2017 de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 314-2017-MINAM Lima, 25 de octubre de 2017 Vistos; los Informes N° 045, 046 y 048-2017-MINAM/ DVMDERN/UEGRN y el Memorando Nº 416-2017-MINAM/ DVMDERN/UEGRN de la Directora Ejecutiva (e) del PGAS CVIS 2; el Informe Nº 393-2017-MINAM/SG/OGPP/ OPPMI y el Memorando Nº 741-2017-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 467-2017-MINAM/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 16

000 000,00 (DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa"; Que, el artículo 3 de la mencionada norma, señala que la Unidad Ejecutora del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa" será el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16.000.000.00, destinado a financiar parcialmente el citado Programa; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la ejecución del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", en adelante el Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM se aprobó el Manual de Operaciones del Programa, precisando en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los flujos financieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo N° 01 de dicha resolución, para seleccionar o financiar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa; Que, la precitada norma, establece como monto máximo de financiamiento con cargo a los fondos concursables del Programa, el importe de S/ 200 000.00 por Plan de Econegocios; en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva, el monto y requisitos serán fijados por el Comité Directivo del Programa; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2017-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, se aprobaron los resultados del Concurso 2017 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; la cual precisa que para alcanzar la meta del Programa, se requiere dieciséis (16) Unidades Productivas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 391-2016-MINAM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente, durante el Año 2017, al Ministerio del Ambiente, para otorgar subvenciones a favor de unidades productivas seleccionadas, en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente. Asimismo, establece que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga de sus veces; precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 132-2016-MINAM, se aprueban los "Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los beneficios generados por los recursos otorgados mediante subvención en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión

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