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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2018 (09/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2018 El Peruano / b) Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, previo informe técnico favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, suscribiendo la documentación respectiva. c) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del SERFOR. d) Supervisar y hacer seguimiento, a través de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, al avance en la ejecución presupuestal de los recursos asignados a las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI y las normas presupuestales vigentes. e) Aprobar los Estados Financieros y Presupuestales del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR. f) Suscribir la evaluación semestral y anual del Presupuesto Institucional del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, de acuerdo a las Directivas emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas. 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que apruebe el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE. b) Autorizar los procesos de estandarización.c) Aprobar las contrataciones directas a las que se refi ere el literal e) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado, cuyo monto corresponda a los procedimientos de selección de Licitación Pública y Concurso Público.d) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procesos de contratación cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a sesenta y cinco (65) UIT. 1.3. En materia administrativa: a) Suscribir contratos de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza. b) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. c) Representar al SERFOR, ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; y, en general, emitir e implementar los actos y actuaciones que no sean privativas del cargo de Director Ejecutivo de la Entidad; exceptuando las facultades especí fi cas delegadas a otras autoridades de la Entidad. d) Resolver en última instancia, los recursos administrativos interpuestos por los trabajadores del régimen establecido por el Decreto Legislativo N° 1057, el Decreto Legislativo N° 728 y la Ley N° 30057 a excepción de aquellos que sean de competencia del Tribunal del Servicio Civil – SERVIR o de la O fi cina de Recursos Humanos. e) Supervisar las actividades administrativas que ejercen las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, con excepción de aquellas que correspondan a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, en su calidad de segunda instancia administrativa. Artículo 2.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, durante el Año