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100 NORMAS LEGALES Viernes 22 de junio de 2018 / El Peruano brindar un servicio e fi ciente y oportuno al administrado y que la directiva es el dispositivo idóneo para regular dichos lineamientos. Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario que el SAT apruebe la Directiva que establece los lineamientos para para el registro y uso de la Agencia Virtual SAT, al que se hace referencia en los párrafos precedentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT, Código: SAT-MN001, versión 01, la directiva es el documento por el cual el SAT establece la forma en que la entidad y los administrados realizan sus actuaciones, conducentes al correcto cumplimiento de las normas que regulan las materias de su competencia; debe ser aprobada por resolución jefatural y publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, según lo establecido en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.° 1698 y modi fi cado por la Ordenanza N.° 1881, publicadas el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la institución tiene entre sus funciones especí fi cas, aprobar las directivas y circulares; Estando a lo dispuesto en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.° 1698 y modi fi cado por Ordenanza N.° 1881; así como el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Directiva N.° 001-006- 00000026 “Directiva que establece lineamientos para para el registro y uso de la Agencia Virtual SAT”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANITZA CLARA MILOSEVICH CABALLERO Jefa del Servicio de Administración Tributaria DIRECTIVA QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO Y USO DE LA AGENCIA VIRTUAL SAT DIRECTIVA N.° 001-006-00000026 Lima, 06 de junio de 2018. CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES 1. OBJETIVO Establecer los lineamientos para el uso de la Agencia Virtual, así como el registro de declaraciones juradas de Impuesto al Patrimonio Vehicular y actualización de datos personales. 2. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento para: a) Todos los funcionarios del SAT respecto a los actos administrativos que emitan. b) Persona naturales y personas jurídicas responsables del Impuesto al Patrimonio Vehicular, que cuenten con un tipo de documento de identidad: Documento Nacional de Identidad (DNI), Registro Único de Contribuyente (RUC), Carné de Extranjería o Pasaporte y adicionalmente cuenten con domicilio fi scal en Lima Metropolitana.3. BASE LEGAL - Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y modi fi catorias. - Ley N.° 27933, Ley de protección de datos personales- Decreto Legislativo N° 295, Código Civil y modi fi catorias. - Decreto Legislativo N.° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa, y modi fi catorias. - Decreto Supremo N.° 22-94-EF, Normas referidas a la aplicación del Impuesto al Patrimonio Vehicular por parte de la Administración Municipal, y modi fi catorias. - Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de Decreto Legislativo N.° 776, Ley de Tributación Municipal y modi fi catorias. - Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario y modi fi catorias. - Decreto Supremo N.° 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y modi fi catorias. - Directiva N° 001-006-00000024, Directiva que establece lineamientos para la aplicación del Impuesto al Patrimonio Vehicular en el Ámbito de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4. DEFINICIONESPara efectos de la presente Directiva deberán considerarse las siguientes de fi niciones: a) AGENCIA VIRTUAL SAT: Plataforma web del SAT que permite al administrado realizar determinados trámites administrativos vía internet. b) CONTRASEÑA: Combinación secreta de caracteres creada por el administrado, que sirve para validar su identidad para el ingreso a la Agencia Virtual. c) DOCUMENTO DE IDENTIDAD: Número de Documento Nacional de Identidad, Registro Único de Contribuyente, Carné de Extranjería o Pasaporte consignado por el administrado para su identi fi cación ante la Agencia Virtual. d) DECLARACION JURADA: Información comunicada al SAT a través de los formularios virtuales dispuestas para tal fi n en la Agencia Virtual. Existen declaraciones juradas tributarias de los siguientes tipos: • DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA: Es la declaración jurada anual mediante la cual el administrado determina la base imponible y, de corresponder, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administra el SAT. • DECLARACIÓN JURADA SUSTITUTORIA: Es la modi fi cación a la declaración determinativa presentada ante la Administración dentro del plazo de vencimiento de presentación de la declaración jurada anual, con el fi n de modi fi car o corregir los datos que se presentaron inicialmente. e) DELEGADO: Persona registrada y autorizada a través de la Agencia Virtual por el representante de una persona jurídica, que tendrá la facultad de registrar declaraciones juradas de impuesto al patrimonio vehicular en su nombre. f) DOCUMENTOS DE SUSTENTO: Documentación que el administrado debe adjuntar al momento de registrar una declaración jurada. g) DOMICILIO FISCAL: Es el lugar fi jado por el administrado dentro de la jurisdicción de Lima Metropolitana para todo efecto tributario. h) SOLICITUD DE ACCESO A LA AGENCIA VIRTUAL: Formato llenado por el administrado para solicitar acceso a la Agencia Virtual consignando su información personal y aceptación de los términos y condiciones establecidos en la presente directiva. i) FORMULARIO VIRTUAL: Documento virtual diseñado para que el administrado pueda ingresar la información requerida para realizar declaraciones, solicitudes, peticiones, entre otros que se encuentren habilitados en la Agencia Virtual. j) REPRESENTANTE LEGAL: Persona que tiene poder su fi ciente para actuar en nombre de un administrado frente al SAT.