Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2019 (10/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 10 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 24º primer párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica En caso de ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, habiendo puesto en conocimiento del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 005-2019 realizada el 06 de marzo del 2019, bajo la presidencia del Primer Regidor Hugo Celso Alanya Uscamayta, respecto a la modificación de fecha de programación de la Escuela Internacional de Gobiernos Cumbre Latinoamericano de acuerdo a la invitación presentada por el Presidente del Comité Internacional Cumbre Latinoamericana, de fecha 06 de marzo del 2019, donde realiza la invitación al alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa para participar en la Escuela Internacional de Gobiernos Cumbre Latinoamericano para los días 11,12 y 13 de abril del 2019 misma que se llevara a cabo en la Ciudad de Miami, ingreso a la agenda de la presente sesión a fin de que se autorice al alcalde el viaje al extranjero a fin de poder participar en dicha capacitación; En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero del Econ. Celso Sixto León Llallico, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, para participar en la Capacitación de Alto Nivel para gobernantes en la ESCUELA INTERNACIONAL DE GOBIERNOS CUMBRE LATINOAMERICANA DE MIAMI, a realizarse en la ciudad de Miami, los días 11,12 y 13 de abril del año 2019. Artículo Segundo.- SEÑALAR que la presente autorización al exterior no causara gasto alguno al presupuesto de la Municipalidad Distrital de Pangoa. Artículo Tercero.- ENCARGAR a partir del miércoles 10 de abril al 16 de abril del 2019, el despacho de alcaldía al Reg. Hugo Celso Alanya Uscamayta- Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa, las facultades y atribuciones inherentes a su cargo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaria General el fiel Cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELSO LEON LLALLICO Alcalde 1758286-1

Informe Nº 009-2019-OAL/MDRP de Asesoría Legal y el Informe Nº 013-2019-GPVDS/MDRP de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972, prescribe que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos; asimismo, en su artículo 112º se preceptúa que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, concordante con el inciso 5) del artículo 73º de la norma en mención; Que, por su parte, el inciso 6) del artículo 113º de la norma citada, establece que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, a través de Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal; Que, bajo este contexto, mediante Informe Nº 013-2019-GPVDS/MDRP de fecha 20 de febrero de 2018, la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social, en aras de regular, adecuar y actualizar la normatividad, entre ellas la que contemple un registro ordenado de todas las organizaciones sociales que existen en el distrito de Ricardo Palma, así como la inscripción de los actos posteriores a su registro y/o reconocimiento, remitió la ordenanza bajo examine, a fin de consolidar la institucionalidad y lograr la justa representación en los mecanismos de articulación social y participación ciudadana impulsados por este gobierno municipal; Que, al respecto, mediante Informe Nº 009-2019-OAL/ MDRP del 18 de febrero de 2019, la oficina de Asesoría Legal, señala que el proyecto en referencia se encuentra dentro del marco legal vigente, considerando procedente su aprobación; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 12) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES SOCIALES PARA LA PARTICIPACIÓN VECINAL EN EL DISTRITO DE RICARDO PALMA ­ RUOS Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que Establece el Procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en el Distrito de Ricardo Palma ­ RUOS, el cual consta de treinta y tres (33) artículos, cinco (05) Disposiciones Finales y Transitorias, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se contraponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano y al Área de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO MAXIMO ROMISONCCO HUAUYA Alcalde 1758183-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA
Ordenanza que Establece Procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en el distrito de Ricardo Palma - RUOS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2019/MDRP Ricardo Palma, 28 de febrero de 2019. EL CONCEJO MUNICIPAL DE RICARDO PALMA HUAROCHIRÍ - LIMA VISTOS: El Memorándum Nº 009-2019-MDRP/GPVDS de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social, el

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