Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2019 (10/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, mediante el Oficio NC-50-SGFA-DEPE-Nº 4816 de fecha 21 de diciembre de 2018, el Secretario General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, remite a la Secretaría General del Ministerio de Defensa la designación del Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, a realizarse en el Colegio Interamericano de Defensa, ubicado en la ciudad de Washington D.C.Estados Unidos de América por un periodo de dos (02) años; Que, a través del Oficio N° 470-2019-MINDEF/SG de fecha 24 de enero de 2019, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, remite al Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, la relación del personal que participará en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, indicando la designación del personal militar del Ejército y Fuerza Aérea del Perú; Que, con el Oficio N° 022-2019/DP-JID-OEA de fecha 28 de enero de 2019 el Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, remite al Director del Colegio Interamericano de Defensa, la propuesta de los Oficiales Superiores candidatos a la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX del CID, solicitando la evaluación de los indicados Oficiales y la posterior remisión de la carta de aceptación, a fin de continuar con el proceso administrativo; Que, mediante la Carta CID/60-19 de fecha 3 de abril de 2019, el Director del Colegio Interamericano de Defensa, informa al Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, la aceptación de la nominación del Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX, a desarrollarse en el Colegio Interamericano de Defensa del 01 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020 y posteriormente desempeñarse como asesor del referido centro de estudios del 01 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021; Que, por medio del Oficio Múltiple Nº 0296-2019-MINDEF/SG de fecha 23 de abril de 2019, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, remite al Secretario General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el Oficio Nº 120-2019/DP-JID-OEA de fecha 10 de abril de 2019, mediante el cual el Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa informa sobre la aceptación del Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX, a desarrollarse en el Colegio Interamericano de Defensa del 01 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020 y posteriormente desempeñarse como asesor del referido centro de estudios del 01 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021; Que, con el Oficio NC-19-EMAI-N° 1104 de fecha 13 de mayo de 2019, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, para ocupar el cargo de Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y facultado para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX-Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), del 01 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Asuntos Internacionales de la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-19-EMAI-N° 1104 de fecha 13 de mayo de 2019, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, para ocupar el cargo de Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y facultado para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIXAsesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), por cuanto, permitirá tener un panorama integral sobre

los sistemas de gobierno, conocimientos del actual entorno internacional, la estructura y funcionamiento del sistema interamericano, además de tener la oportunidad de alternar en otro país y ampliar sus conocimientos en diferentes temas de seguridad que afectan el hemisferio y el mundo; Que, con el FAX Nº 0306 EMGRA/EMAI del 09 de julio de 2019 el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, dispone al Director General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, que debido a los últimos acontecimientos ocurridos en el Ministerio de Defensa, se reformule el Proyecto de Resolución que autorice el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK a partir del 10 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el Comandante FAP TOMY JAROSLAV GURECKY TARABEK, realizará el viaje al exterior en compañía de su esposa; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal autorizado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, conforme se aprecia en el documento HG-N° 0101 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 9 de julio de 2019, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de personal de la Fuerza Aérea del Perú, el pago por pasajes aéreos internacionales, gastos de traslado de ida y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero correspondiente al periodo comprendido del 10 de julio de 2019 al 31 de diciembre de 2019, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y los pagos correspondientes a los años posteriores serán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 18 del Decreto Supremo N° 004-2009-DESG del 03 de febrero de 2009 que modifica al Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG y en concordancia a lo establecido en los incisos a), b) y c) del artículo 13 del Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG; Que, el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y modificado con el Decreto Supremo Nº 0042009-DE/SG de fecha 04 de febrero de 2009 y con el Decreto Supremo N° 001-2016-DE de fecha 23 de enero de 2016, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo establece que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, así como de los conceptos previstos en el artículo 13 del Reglamento del personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, concordante con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014; Que, el segundo párrafo del numeral 1.4 del artículo 1, del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicables al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto

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