Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2019 (24/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 24 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 096-2019-MINCETUR Lima, 20 de marzo de 2019 Visto el Oficio N° 129-2019-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo­PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas del sector cosmético, la participación en la feria "In Cosmetics 2019", a realizarse en la ciudad de Paris, República Francesa, del 02 al 04 de abril de 2019, con el objetivo de promocionar la oferta exportable de ingredientes naturales de las empresas peruanas participantes, utilizando a la biodiversidad peruana como elemento diferenciador para la industria cosmética en el mercado europeo; asimismo, el día 01 de abril del mismo año, se realizarán reuniones de coordinación con la empresa encargada de los stand del pabellón Perú, con el Consejero Económico Comercial de la OCEX París y además, se asistirá a la conferencia Pres ­ Show Regulatory Conference: "Europe and the World"; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en la referida feria, por ser uno de los eventos más relevantes de ingredientes para el sector cosmético y cuidado personal, lo que permitirá identificar compradores de ingredientes naturales para la industria cosmética interesada en la oferta peruana, además de obtener información sobre nuevos ingredientes para la industria cosmética, tendencias e innovación en los productos cosméticos, envases y empaques para el sector, principales competidores, precios, etc.; información que será difundida a las empresas del sector; Que, por tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señora Martha Melissa Vallebuona Peña, quien labora en la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones en la feria antes señalada; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo­MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el

Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de París, República Francesa, de la señora Martha Melissa Vallebuona Peña, del 30 de marzo al 05 de abril de 2019, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo de la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Nro. Total Nombres y aéreos Clase Continente por día de Viáticos Apellidos Económica US$ días US$ US$ Martha Melissa 1 328,02 Europa 540,00 5 2 700,00 Vallebuona Peña Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Martha Melissa Vallebuona Peña, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1752222-1

Modifican la R.M. Nº 438-2016-MINCETUR mediante la cual se aprobó a Inversiones Nacionales de Turismo S.A., como empresa calificada para la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2019-MINCETUR Lima, 20 de marzo de 2019 Visto, el Oficio Nº 214-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, y el Memorándum Nº 272-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada proyecto;

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