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14 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2019 / El Peruano Designan representante del Sector Transportes y Comunicaciones, para que integre el Consejo Directivo de la Asociación Fondo Social Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry - Asociación Fondo Social TPMS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2019 MTC/01 Lima, 25 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, se establece el régimen aplicable a los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, destinados a la ejecución de programas de carácter social, los cuales serán transferidos a un “Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin fi nes de lucro, conforme a los términos y condiciones a que se re fi ere el numeral 4.1 del citado Decreto Legislativo; Que, de acuerdo al artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, la Empresa, conjuntamente con los representantes de los centros poblados y/o comunidades campesinas y/o representantes de las municipalidades distritales y/o provinciales pertenecientes a la zona de in fl uencia, y que hayan sido identi fi cados en el proceso de promoción de la inversión privada como bene fi ciarios de los proyectos; deberán organizarse y constituir la persona jurídica cuyo objeto será administrar los recursos del Fondo; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, establece que el Consejo Directivo está constituido, entre otros miembros, por un (1) representante del Sector correspondiente, el cual deberá ser designado mediante Resolución Ministerial; Que, con Decreto de Urgencia Nº 047-2009 se dispone que los procesos de promoción de la inversión privada vinculados con los proyectos a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 047-2008, que cali fi quen como autosostenibles y en los cuales se establezca una retribución periódica a favor del Estado, deberán incorporar en las bases de los respectivos procesos y en los contratos de concesión correspondientes la obligación de constituir un Fondo Social con dicha retribución; Que, con fecha 01 de octubre de 2018, el Estado de la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actúa a través de la Autoridad Portuaria Nacional, y Salaverry Terminal Internacional S.A., suscriben el Contrato de Concesión del Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry; Que, el numeral 8.25 del Contrato de Concesión ciado en el considerando precedente, dispone que los recursos correspondientes a la retribución que como contraprestación, debe pagar el concesionario por el derecho que se le otorga por la Explotación del terminal portuario, son destinados al fi nanciamiento de programas de carácter social en bene fi cio de la población ubicada en la zona de in fl uencia del proyecto, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 047-2009, el Decreto Legislativo N° 996, sus normas reglamentarias, complementarias y modi fi catorias; Que, de acuerdo a lo propuesto por el Despacho Viceministerial de Transportes, y contando con el sustento técnico legal de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, es necesario designar al representante del Sector, para que integre el Consejo Directivo de la Asociación Fondo Social Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry - Asociación Fondo Social TPMS; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Sector Transportes y Comunicaciones, para que conforme el Consejo Directivo de la Asociación Fondo Social TPMS; 1753437-1ANEXO I I “IIRSA CENTRO TRAMO N° 2 (PUENTE RICARDO PALMA – LA OROYA – HUANCAYO Y LA OROYA – DESVÍO CERRO DE PASCO)” IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO CÓDIGO: ICT2-ENS15-01AREA AFECTAD A: 1573.80 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALCOMUNIDAD CAMPESINA SAN ANTONIOLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Norte: Colinda con Carretera Central en tramos J-K (48.00m), K-L(103.06m), L-M(41.17m), M-N(30.95m), N-O(27.40m). Longitud 250.58 m.• Por el Sur: Colinda con Carretera Central en tramo P-Q(22.83m), Q-R(20.01m), R-S(19.51m), S-A(18.62m), A-B(19.27m), B-C(19.34m), C-D(20.01m), D-E(18.55m), E-F(39.97m), F-G(20.33), G-H(20.43m), H-I(11.14m). Longitud 250.01 m.• Por el Este: Colinda con Carretera Central en tramos O-P (7.53m). Longitud 7.53 m.• Por el Oeste: Colinda con Carretera Central en tramos I-J (5.82m). Longitud 5.82 m.A A-B 19.27 361365.3913 8702229.8509 2,144.67 B B-C 19.34 361346.4865 8702226.1388 C C-D 20.01 361327.2459 8702224.1646D D-E 18.55 361307.3243 8702222.2375 E E-F 39.97 361288.8671 8702220.3390 F F-G 20.33 361249.0929 8702216.4332 G G-H 20.43 361228.8738 8702214.2650 H H-I 11.14 361208.7144 8702210.9700 I I-J 5.82 361198.0109 8702207.8878 J J-K 48.00 361196.4004 8702213.4806 K K-L 103.06 361243.5285 8702222.5999 L L-M 41.17 361346.1419 8702232.1722 M M-N 30.95 361385.6969 8702243.6010 N N-O 27.40 361413.3019 8702257.6073 O O-P 7.53 361438.9953 8702267.1351 P P-Q 22.83 361440.3239 8702259.7198 Q Q-R 20.01 361418.3716 8702253.4391 PARTIDA REGISTRAL: N° 49026962 perteneciente a O fi cina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima.R R-S 19.51 361400.7043 8702244.0358 S S-A 18.62 361383.0740 8702235.6753 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 27.04.2018 (Informe Técnico Catastral N° 10600-2018-SUNARP-Z.R.No IX/OC) por la O fi cina Registral de Lima de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima. A CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 13.09.2018, por la O fi cina Registral Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima.