Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, autorizó el financiamiento del tratamiento médico altamente especializado de rehabilitación en el extranjero del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas, a realizarse en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de la ciudad de La Habana de la República de Cuba, a través de la empresa Servicios Médicos Internacionales (SMI), por el monto total de S/ 529 445,00 (Quinientos veintinueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco con 00/100 soles); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 028-2019-SALUDPOL-GG-DFPS de fecha 22 de agosto de 2019, se concluye que se debe autorizar el viaje a la ciudad de La Habana de la República de Cuba para la primera etapa de tratamiento para el Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas del 23 de setiembre al 15 de diciembre de 2019; Que, con Oficio N° 045-2019-SALUDPOL-GG/ DFPS de fecha 22 de agosto de 2019, la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, traslada a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú el expediente administrativo del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas, quien viajará con un acompañante, con el fin de recibir tratamiento médico altamente especializado de rehabilitación en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN), solicitando se prosiga con el trámite para la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior del citado Suboficial en retiro; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3844-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEP.PRE de fecha 26 de agosto de 2019, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: (...) ­ Tratamiento Médico Altamente Especializado"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico

de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Que, en atención al citado marco normativo, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas, del 23 de setiembre al 15 de diciembre de 2019, a la ciudad de La Habana de la República de Cuba; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0142019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú (R) Augusto Jhon Castillo Vargas, del 23 de setiembre al 15 de diciembre de 2019, a la ciudad de La Habana de la República de Cuba, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Compensación Extraordinaria 33,55 Días Pers. Total US$ 84 1 2 818,20

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1809417-2

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