Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2020 (10/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de julio de 2020 /

El Peruano

Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas; Decreto Supremo Nº 182-2020-EF, Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina General de Administración, por la suma de S/ 69 830 074,00 (SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Seguro Social de Salud EsSalud, con la finalidad de financiar la continuidad de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud del Seguro Social de Salud - EsSalud; y el otorgamiento de la "Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19", de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- El Seguro Social de Salud - EsSalud, debe remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un informe cada seis (6) meses respecto de la ejecución del gasto realizado para financiar la continuidad de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud del Seguro Social de Salud - EsSalud; y el otorgamiento de la "Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19"; en el marco de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- La Titular del Seguro Social de Salud EsSalud es responsable del uso y destino de los recursos comprendidos en la transferencia financiera efectuada en el artículo 1 de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 del artículo 6 y el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 038-2020. Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente

resolución ministerial, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.4 del artículo 6 y el numeral 8.4 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 038-2020. Artículo 5.- Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
ANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 012: MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO "UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE TRABAJOOFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN", FUENTE FINANCIAMIENTO 1. RECURSOS ORDINARIOS, A FAVOR DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD

Nº ENTIDAD

CONCEPTO

CATEGORIA TRANSFERENCIA DE GASTO FINANCIERA

Financiar la continuidad de las prestaciones de GASTO prevención, promoción CORRIENTE y atención de la salud Seguro del Seguro Social de Salud ­ EsSalud. Social de 1 Salud Financiar la EsSalud "Prestación Económica de Protección Social GASTO de Emergencia CORRIENTE ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19". TOTAL

S/ 2 698 413,00

S/ 67 131 661,00

S/ 69 830 074,00

1870730-1

COMUNICADO
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