Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2020 (31/05/2020)


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Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 31/05/2020 22:35:07

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15455
DOMINGO 31 DE MAYO DE 2020

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 129-2020-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a Favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC 1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 100-2020/SUNAT.- Aprueban el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019 3

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a Favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC
DECRETO SUPREMO Nº 129-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la

reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Asimismo, el numeral 7.8 del artículo 7 de la citada Ley, autoriza a la Autoridad a emplear la modalidad de contratación de Estado a Estado para la gestión y la provisión de bienes, servicios u obras necesarios para implementar intervenciones de construcción y reconstrucción comprendidas en el Plan; Que, a través del Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley Nº 30556; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 040-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la ejecución de las intervenciones del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, establece que para garantizar la continuidad de la asistencia técnica que se brinde a la Autoridad como consecuencia de la suscripción de convenios o contratos de Estado a Estado y/o de administración de recursos, autorízase al Pliego Presidencia de Consejo de Ministros a incorporar en el presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC para el Año Fiscal 2020, los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios no devengados al 31 de diciembre del 2019 de la referida Unidad Ejecutora, hasta por S/ 138 000 000,00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de la

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