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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 15 de noviembre de 2021 El Peruano / VISTOS: La Nota de Elevación Nº 000328-2021-ORH y el Informe N° D000028-2021-SENAMHI-ORH-RVR ambos de fecha 12 de noviembre de 2021, de la O fi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modi fi cada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013; Que, mediante documentos del Visto, la O fi cina de Recursos Humanos efectúa la evaluación del per fi l del puesto correspondiente al cargo de Asesor de Alta Dirección para la Presidencia Ejecutiva, opinando favorablemente respecto a la propuesta de designación de la profesional CARLA MARIA MINAYA MEDINA, para que desempeñe las funciones del puesto en mención; Con el visado del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Recursos Humanos, y del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la Abogada CARLA MARIA MINAYA MEDINA, en el cargo de Asesora de Alta Dirección para la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la profesional que se menciona en el artículo anterior y a la O fi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIO ALONSO VALDERRAMA MURILLO Presidente EjecutivoServicio Nacional de Meteorología e Hidrologíadel Perú – SENAMHI 2011059-1 PRODUCE Aprueban el documento: “Procedimiento General de Acreditación, Código DA-acr-01P, en su versión 06” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2021-INACAL/DA Lima, 9 de noviembre de 2021. VISTO: El Informe Nº 003-2021-INACAL/DA-CRUFGA del Coordinador Responsable (e) del Equipo Funcional de Gestión de Acreditación, y el Informe Nº006-2021-INACAL/DA-emg del Especialista Legal de la Dirección de Acreditación; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el artículo 37° del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, establece que la Dirección de Acreditación es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Acreditación, goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 25.6 del artículo 25° de la citada Ley, establece que el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL aprueba documentos normativos en materia de acreditación, así como textos afines; esto en concordancia con los acuerdos y normas internacionales sobre la materia; Que, el numeral 7.1.2 de la NTP-ISO/IEC 17011 Evaluación de la conformidad. Requisitos generales para los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad, establece que “el organismo de acreditación debe actualizar a intervalos adecuados la información detallada acerca de sus procesos de evaluación y acreditación”; Que, dentro de los diversos documentos normativos de la Dirección de Acreditación se ha considerado conveniente actualizar la versión actual del Procedimiento General de Acreditación - DA-acr-01P, en beneficio del sistema de acreditación, los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) y usuarios en general; Que, el Procedimiento General de Acreditación, es un documento que tiene como objetivo establecer las actividades y plazos que aplica la Dirección de Acreditación del INACAL, para evaluar la competencia técnica de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) en los procesos de acreditación, mantenimiento, supervisión, renovación, actualización, ampliación y reducción de la acreditación; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar la nueva versión del documento antes mencionado, que corresponda al sistema de gestión de la Dirección de Acreditación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y, el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR el documento: “Procedimiento General de Acreditación, Código DA-acr-01P, en su versión 06””, que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución directoral. Artículo 2°.- Los documentos a que se re fi ere el artículo 1° precedente se publicarán en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe) Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRA RODRIGUEZ ALEGRIA DirectoraDirección de Acreditación 2010905-1