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10 NORMAS LEGALES Domingo 9 de abril de 2023 El Peruano / 2023/DE de la Dirección Ejecutiva; los Proveídos N° 00388-2023/SG y N° 00431-2023/SG de la Secretaría General; el Memorándum N° 00056-2023/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 00106-2023/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el inciso 3 del numeral 12.5 del artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1362, dispone como función de PROINVERSIÓN la de brindar asistencia técnica y apoyo a las entidades públicas pertenecientes al Sector Público No Financiero, en las distintas fases de los proyectos de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos, estableciendo para ello o fi cinas desconcentradas, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 2 concordado con el literal s) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF (en adelante, ROF de PROINVERSIÓN), dispone que la entidad tiene su sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo contar con o fi cinas desconcentradas en otras ciudades del país, estando la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN facultada para disponer la creación de o fi cinas dentro del territorio nacional; Que, el artículo 44 del ROF de PROINVERSIÓN, dispone que las O fi cinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones son los órganos desconcentrados de PROINVERSIÓN, encargados de ejecutar los programas de fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica en materia de promoción de la inversión privada e inversión pública con participación del sector privado, y tramitar la atención documentaria y otras gestiones de índole institucional en sus respectivas jurisdicciones; asimismo, el artículo 45 del Reglamento antes mencionado dispone que mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva se establecerán las disposiciones para adecuar los ámbitos geográ fi cos de las O fi cinas referidas a la actual división política administrativa del país; Que, el artículo 42 en concordancia con los literales a) y h) del artículo 43 del ROF de PROINVERSIÓN referido en el considerando precedente, dispone que la Dirección de Inversiones Descentralizadas de PROINVERSIÓN, es el órgano de línea encargado de fortalecer capacidades y brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales y otras entidades públicas, en materia de promoción de la inversión pública con participación del sector privado, estando encargada de gestionar las ofi cinas desconcentradas de la entidad; Que, mediante Informe N° 00056-2023/DID, la Dirección de Inversiones Descentralizadas propone la asignación de los ámbitos geográ fi cos de las O fi cinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, a fi n de implementar la estrategia y el plan de acción para el año 2023 diseñados por la referida Dirección para el fortalecimiento de capacidades y asesoría técnica de los gobiernos regionales y locales y otras entidades públicas; fundamentando su propuesta en el incremento de la demanda de servicios de promoción, capacitación y asistencia técnica en Obras por Impuestos, Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, por parte de las nuevas autoridades regionales y locales cuyas gestiones iniciaron el año 2023; Que, mediante Memorándum N° 00028-2023/DE, la Dirección Ejecutiva considerando la propuesta presentada por la Dirección de Inversiones Descentralizadas a través del informe referido en el considerando precedente, solicita que en el marco de lo dispuesto por los artículos 44 y 45 del ROF de PROINVERSIÓN, se proceda a defi nir y adecuar los ámbitos geográ fi cos de las O fi cinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN; Que, a través del Memorándum N° 00056-2023/OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, señala que es viable la propuesta de delimitación geográ fi ca de las Ofi cinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delimitar el ámbito geográ fi co de las Ofi cinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, bajo los términos siguientes: 1. La O fi cina Desconcentrada de Promoción de Inversiones Norte, ubicada físicamente en Piura, tiene una cobertura geográ fi ca que incluye los departamentos de Piura, Tumbes, Loreto, La Libertad, Áncash, Lambayeque y Cajamarca. 2. La O fi cina Desconcentrada de Promoción de Inversiones Sur, ubicada físicamente en Arequipa, tiene una cobertura geográ fi ca que incluye los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco, Ayacucho, Huancavelica y Apurímac. Artículo 2.- Encargar a las unidades de organización de PROINVERSIÓN, de acuerdo con sus funciones, la implementación de lo dispuesto en el artículo 1. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de PROINVERSIÓN (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversion) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Director EjecutivoPROINVERSIÓN 2167324-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000050-2023-OTASS-DE Mediante O fi cio Nº 000188-2023-OTASS-DE, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 000050-2023-OTASS-DE, publicada en la edición del día 8 de abril de 2023. En el artículo 1:DICE:Artículo 1.- Conclusión de designación Dar por concluida la designación del señor Luis Alberto Castro Ames, identi fi cado con D.N.I. Nº 09279042, en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca Sociedad Anónima – EPS BARRANCA S.A., siendo su último día de labores el 06 de abril de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados.