Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2023 (23/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 23 de enero de 2023 El Peruano / 247,672.15 (Doscientos Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Setenta y Dos y 15/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de diciembre de 2022 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de diciembre de 2022, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle:ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DIS- TRITALES326,959.78 185,754.11 INGEMMET 84,720.72 49,534.43 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS21,180.18 12,383.61 GOBIERNOS REGIONALES 9,661.27 0.00 TOTAL 442,521.95 247,672.15 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo (e) COMUNICADO DECLARACIONES JURADAS DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Ley N° 27482 - D.S Nº 080-2001-PCM Se hace de conocimiento a todas las entidades públicas, que las solicitudes de publicación de las Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado en el Diario O fi cial El Peruano, se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA- del Diario O fi cial El Peruano, al que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgada a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, son los siguientes:1. Archivo principal Excel que contiene los formatos de las Declaraciones Juradas que serán publicadas y por cuyo contenido asume responsabilidad la entidad solicitante. Este archivo contiene una sola hoja de trabajo Excel; y en caso se remitan varias declaraciones juradas, éstas deben estar ordenadas una debajo de otra. Las plantillas en formato Excel se pueden descargar en el siguiente hipervínculo: http:// pga.editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt. 2. Archivo de Respaldo PDF que contiene todas las Declaraciones Juradas suscritas física o virtualmente por los obligados, las mismas que son idénticas a las contenidas en el archivo principal Excel y cuyos originales son conservados y custodiados por cada Entidad de acuerdo a Ley. Tener en consideración que el correo dj@editoraperu.com.pe solo se usa para las coordinaciones o fi ciales relacionadas a la tramitación de las Declaraciones Juradas. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES