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14 NORMAS LEGALES Lunes 6 de marzo de 2023 El Peruano / Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero .- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la Consejera Regional – Lucerito Ondina Davila Alvarado, a su retorno cumpla con informar por escrito al Consejo Regional sobre las actividades realizadas. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así mismo, publicarse en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional 2148843-1 Autorizan viaje de funcionario de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali para participar en la Reunión Anual de GCF Task Force, a realizarse en México ACUERDO REGIONAL Nº 033-2023-GRU-CR Pucallpa, dos de febrero de dos mil veinte y tresPOR CUANTO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, modi fi cado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” . Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “ El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas ”. Que, el artículo 3° del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “ El Consejo Regional de Ucayali, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Ejerce funciones normativas, fi scalizadoras, investigadoras de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 02 de febrero de 2023, mediante Citación N° 007-2023-GRU-CR-SCR, se dispone como tercer punto, el Expediente N° 00829879, que acompaña el O fi cio N° 060-2023-GRU- GR, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali – señor Manuel Gambini Rupay, quien solicita Autorización de viaje al exterior del País, del 06 al 11 de febrero de 2023, del Ing. Grober Panduro Pisco - Director de Sistema Administrativo IV de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, con la fi nalidad de participar en la Reunión Anual de GCF Task Force, a llevarse a cabo en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, País de México, del 07 al 10 de febrero de 2023. Que, mediante Carta N° 001-2023-GCFTFPerú, de fecha 05 de enero de 2023, Fabiola Muñoz Dodero - Coordinadora Perú - GCF Task Perú, invita al Gobernador Regional de Ucayali - señor Manuel Gambini Rupay, a participar en la Reunión Anual de GCF Task Force, con la fi nalidad de dar