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7 NORMAS LEGALES Lunes 21 de octubre de 2024 El Peruano / identi fi car los requisitos clave para diseñar iniciativas especí fi cas para mejorar la educación fi nanciera y las capacidades de las mujeres y los jóvenes. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo. Además, la SBS toma acciones para la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo, en cumplimiento del mandato de integridad fi nanciera. Por ello, los temas que se abordarán en el mencionado evento son de interés institucional para la SBS, pues contribuyen al fortalecimiento de las capacidades de sus profesionales encargados de las labores de regulación y supervisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04273-2023 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Karla Lorena Zarate Castañeda, Analista de Inclusión Financiera I del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 04 al 09 de noviembre de 2024, a la ciudad de la Asunción, República del Paraguay para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2024, de acuerdo a lo siguiente: Viáticos US$ 592.00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2335390-1 Modifican la Resolución SBS N° 004273- 2023, que aprobó diversas medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal, aplicables en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el ejercicio 2024, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN SBS N° 03646-2024 Lima, 17 de octubre de 2024 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 346 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, determina el marco de la autonomía funcional, económica y administrativa de la Superintendencia; establece su ubicación dentro de la estructura del Estado; de fi ne su ámbito de competencia, y señala sus funciones y atribuciones; Que, adicionalmente, el artículo 373 dispone que el presupuesto de la Superintendencia será aprobado por el Superintendente, quien tendrá a su cargo la administración, la ejecución y el control; Que, mediante Resolución N°004273-2023, del 22 de diciembre de 2023, se aprobaron las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, aplicables a la Superintendencia; las cuales se complementan con las resoluciones que sobre este asunto publique la Institución; Que, la Directiva SBS-DIR-SBS-085-26 “Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto” establece medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, aplicables a la Superintendencia; Que, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, estipula que en el caso de la Superintendencia, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, así como de ingresos de personal a aplicarse en el año 2024 debían ser aprobadas por resolución de su Titular; Que, resulta necesario modi fi car las medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos del personal, aplicables a la Superintendencia para el ejercicio 2024; De conformidad con lo señalado en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702; RESUELVE:Artículo Primero .- Modi fi car el literal c) del artículo primero de la Resolución N°004273-2023 de acuerdo con lo siguiente: “c) Se restringen los viajes al exterior. Únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones o fi ciales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia. Dichos viajes deben realizarse con pasajes en categoría económica o similar, salvo las excepciones que deberán ser aprobadas por el Superintendente Adjunto de Administración General.” Artículo Segundo .- Modi fi car el Artículo Tercero de la Resolución SBS N° 04273-2023, de acuerdo con lo siguiente: “Artículo Tercero .- Cualquier excepción a las normas de la presente resolución será aprobada por el Titular, en concordancia con las necesidades reales de la Superintendencia, salvo las excepciones relacionadas a las medidas de austeridad establecidas en el literal c) del Artículo Primero de la presente Resolución, las cuales serán aprobadas por el Superintendente Adjunto de Administración General .” Artículo Tercero .- Dispóngase la actualización de la Directiva SBS-DIR-SBS-085-26 de “Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto”, conforme a lo establecido en la presente Resolución se opongan a lo dispuesto en ella. Artículo Cuarto .- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y deja sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en ella. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2336058-1