Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (25/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 177

177 NORMAS LEGALES Viernes 25 de setiembre de 2026 El Peruano / POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional. ROGER GUEVARA RODRIGUEZ Gobernador Regional 2557342-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban Plan de Acción Regional para la Conservación del Mono Coto y del Mono Machín periodo 2026 - 2030 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 014-2026/GOB.REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBESHA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Extraordinaria N° 17-2026, de fecha 01 de junio de 2026, ha debatido y aprobado el Dictamen N° 008-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CRNGMA, emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, relativo a la aprobación del PLAN DE ACCIÓN REGIONAL PARA LA CONSERVACIÓN DEL MONO COTO (ALOUATTA PALLIATA AEQUATORIALIS) Y MONO MACHÍN (CEBUS AEQUATORIALIS), PERIODO 2026-2030; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los artículos 15°, 37° y 53° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y que tiene competencia para aprobar Ordenanzas Regionales sobre materias de su competencia, así como formular y ejecutar políticas y acciones destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la gestión sostenible de los recursos naturales; Que, de conformidad con la Ley N° 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Áreas Naturales Protegidas constituyen los espacios continentales y marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonifi caciones, con el objeto de conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y cientí fi co, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. Las Áreas Naturales Protegidas constituyen patrimonio de la Nación, y su condición natural debe ser mantenida a perpetuidad, pudiéndose permitir el uso regulado del área y el aprovechamiento de sus recursos, o estableciendo la restricción de los usos directos, según corresponda a la categoría y zoni fi cación del área protegida; Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, dispone que las autoridades públicas deben promover la conservación de la diversidad biológica, la protección de las especies amenazadas y la gestión sostenible de los ecosistemas, garantizando el aprovechamiento responsable de los recursos naturales;Que, mediante Ley N° 29763 Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece el marco legal para garantizar la conservación, protección, aprovechamiento sostenible y manejo del patrimonio forestal y de fauna silvestre, regulando el acceso, uso y gestión de estos recursos naturales en todo el territorio nacional, promoviendo su integración con el bienestar social y económico, y estableciendo sanciones por delitos ambientales. Su objetivo es equilibrar el desarrollo forestal con la conservación, incluyendo la gestión de servicios ecosistémicos y la participación ciudadana; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI se aprobó la actualización de la clasi fi cación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, encontrándose comprendidos el Mono Coto de Tumbes (Alouatta palliata aequatorialis) y el Mono Machín (Cebus aequatorialis); Que, mediante Ordenanza Regional N° 003-2024/ GOB.REG.TUMBES-CR-CD se declaró de interés regional y necesidad pública la conservación de los primates amenazados Mono Coto y Mono Machín, encargándose a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente la formulación del respectivo Plan de Acción Regional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 237-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, se aprobó el “Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú 2019-2029”, instrumento que establece lineamientos y acciones para la conservación de las especies de primates amenazados en el territorio nacional; Que, mediante la Resolución Gerencial Regional N° 00456-2025/Gobierno Regional de Tumbes-GRRNGMA-GR, de fecha 31 de octubre 2025, se dispone integrar la Resolución Gerencial Regional N.º 308-2022/Gobierno Regional de Tumbes-GRRNGMA-GR, de fecha 21 de diciembre de 2022, en aplicación del numeral 1) del artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, y del artículo 172° del Código Procesal Civil, quedando dicha integración de la siguiente manera: INTEGRANTES DEL GRUPO TÉCNICO IMPULSOR ResponsableGerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Asistencia TécnicaDirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre - SERFOR Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente - MINAM Ministerio Público Dirección Regional de Agricultura Dirección Regional de Flora y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios Municipalidad Distrital de Pampas de Hospital Municipalidad Distrital de San Juan de la Virgen Policía Nacional del Perú - Unidad Desconcentrada de Protección del Medio Ambiente Universidad Nacional de Tumbes Asociación Civil YUNKAWASI Parque Nacional Cerros de Amotape y Reserva Nacional de Tumbes – SERNANP Asociación para la Investigación y Desarrollo Integral – AIDER Proyecto Bosque Seco - PROFONANPE Municipalidad Distrital de Matapalo Asimismo, se deja constancia que el Plan de Acción Regional para la Conservación del Mono Coto de Tumbes Alouatta palliata aequatorialis, y del Mono Machin de Tumbes Cebus aequatorialis, correspondiente al período 2026-2030, ha sido formulado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, con la asistencia técnica y participación del Grupo Técnico Impulsor, en concordancia con los lineamientos y disposiciones establecidos en el Plan Nacional de Conservación de los Primates Amenazados del Perú