Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 1998 (25/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

,/P&.167940
SE RESUELVE:

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I.ima. vic~.t~cs 2.5 de dicicmhrc dc 199%

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo l"de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que el interno ,Jose MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sldo condenado por la comisitin del delito de terrorismo, cuya pena viene cumpliendo en el Establecimiento Peniteni.iario de Mtixima Seguridad MORDAZA MORDAZA Castro; Que de acuerdo con el Informe Medico del Hospital Dos de MORDAZA de fecha 11 de diciembre de 1997, el citado interno presenta una Hipoxemia MORDAZA inducida por la Cardiopatia Congenita Cianoka de ventriculo unico, transposicion de MORDAZA vasos, hipoplasia del tronco arterial pulmonar, hipoplasia del anillo y la valvula atrioventricular, que conlleva a una mezcla de sangre arterial y venosa; Que del citado infbrme se recomienda, que el citado interno debe ser tratado desde un punto de vista medico y humanitario, con evacuacitjn de sangrias periodicas y programadas conjuntamenti, con el Servicio de Hematologia y Cardiologia; Que el caso df.1 interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se adecua a los requerimientos de una decision humanitaria, por estar acreditado qw sufre de la patologia MORDAZA indicada y por q\le las consecuencias de la Hipoxemia MORDAZA y la Cardiopatia Congenita pueden precipita1 eventos graves en perj,uicio del citado int,erno presentando, ademas, serias IImitacIones organicas; y, que su excarcelacion no const,ituira una amenaza para la paz social y la seguridad colectiva: Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118", numeral 21) de la Constitucion Politica del Peru, es atribucion del President<, de la Republica conceder indultos; Estando a la recomendacion alcanzada por el Defensor del Pueblo con el aval de la Comision Gubernamental de Dialogo con los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos; y, Con la opinion favorable del senor Ministro de Justicia: SE RESLJELT'E: Articulo Unico.- Conceder INDULTO, por razones humanitarias, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien cumple condena en el Establecimiento Penitenciario de Max:ma Seguridad Migurl MORDAZA Castro. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimari Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de ,Josticia 15168 I / / RESOLUCION SUPREMA N" 404-98-.JUS MORDAZA, 24 de dlcicrnbre dc 1998

Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se encuentra en el Establecimiento Penal de Cachiche. Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fudimori Presidente Constit,ucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de
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VISTO el Oficio N" DI'-9% 1106, de fecha 18 de diciem~ bre de 1998, mediante el cual el Defensor del Pueblo, con el aval de la Comision Gubernamental de Dialogo con MORDAZA, 24 de diciembre de 1998 los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos, / solicita al Ministro de .Justicia elevar a consideracion VISTO el Oficio N ' DP-98-1105 de fecha 18 de diciem- : del senor Presidente de la Republica, el otorgamiento de bre de 1998, mediante el cual el Defensor del Pueblo, con I un indulto, por razones humanitarias, a favor de Alfreel aval de la Comision Gubernamental de Dialogo con do MORDAZA MORDAZA de la Cruz. los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos, CONSIDERANLW: solicita al Ministerio de Justicia elevar a consideracion del senor Presidente de la Republica, el otorgamiento de Que de conformidad con el rlrticulo 1" de la Constituun indulto por razones humanitarias, a favor de MORDAZA ci6n Politica del Peru, la defcsnsa de la persona humana MORDAZA MORDAZA Vivanco.

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