Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 1998 (21/11/1998)


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De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo No 804, sobre donaciones de bienes efectuados por las entidades del Sector Publico; SE RESUELVE: Articulo lo.- Transfieranse los saldos no utilizados de la donacion de articulos de uso personal, consistente en 90 fardos de ropa usada y 20 bolsas de zapatos, con un peso aproximado de 5,910.OO k. a que se contrae la Resolucion Ministerial N" 036.9&JUS, al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, con la finalidad de ser distribuidos entre las madres y ninos atendidos por los Comedores Populares e Infantiles de Huancavelica. Articulo 2".- Transcribir la presente Resolucion Suprema al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y a la Contraloria General de la Republica, dentro del termino de ley. Articulo 3".- La presente resolucion sera refrendada por el Ministro de Justicia y por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano 13580

MORDAZA, sabado 2 1 de noviembre de 1998

Declaran infundadas impugnaciones contra resolucionesreferidasa sanciones de cese temporal y destitucion impuestas a servidores y ex servidores del INPE
RRSOLUCION MINISTERIAL N" 267.98-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 399-9%INPEKR-P, de fecha 14 de setiembre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 399.98.INPEXR-P, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina Ejecutiva de Registro Penitenciario, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 285 98-INPE-CWP, de fecha 7 de MORDAZA de 1998, a traves de la cual se le impuso sancion de cese temporal de 31 dias sin goce de remuneraciones por la comision de las faltas senaladas en la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora No 202.98-INPEICWP, de fecha ll de MORDAZA de 1998; Que contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 399.98.INPWCR-P, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion argumentando fundamentalmente que el directo responsable de las faltas cometidas fue absuelto y que la responsabilidad administrativa es personalisima; al respecto si bien es MORDAZA que el Jefe de Registro de Ingresos y Egresos de MORDAZA fue absuelto ello respondio a que sus funciones no comprendian el mantenimiento y conservacion de los libros de registro de antecedentes, resultando ademas apocrifo el memorandum mediante el cual se le habria encargado estas funciones;

Que respecto al cargo por no comunicar oportunamente la sustraccion de folios, se aprecia en autos el Oficio N" 2436.93.INPE-DRIELC, de fecha 14 de octubre de 1993, remitido por la recurrente al Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, en cuyo tercer parrafo del numeral MORDAZA senalo que muchos de los libros de registro han sufrido la sustraccion de folios, por lo que se acredita que comunico dicha irregularidad previniendo sus implicancias, consiguientemente desvirtua el cargo imputado; Que en relacion al cargo por no adoptar las medidas correctivas en cautela del procedimiento administrativo y documentacion de la oficina a su cargo, consta en autos abundante documentacion a traves de la cual la recurrente solicito informacion sobre la identificacion y situacion juridica de determinados internos al Jefe del Sistema Unico de Identificacion Penal del Establecimiento Transitorio de Procesados de MORDAZA, cautelando el procedimiento y la emision de los certificados de antecedentes, asimismo obra el Oficio N" 013.93.DRIVELC-INPE, del 14 de diciembre de 1993, mediante el cual solicito al Presidente del Consejo Nacional Penitenciario urgentes medidas de seguridad para el archivo y registro documentario, consiguientemente desvirtuaeste cargo; Que en cuanto al cargo por no disponer la reconstruccion de los folios sustraidos no existe documentacion en autos que acredite que la recurrente dispuso la reconstruccion de la totalidad de los folios sustraidos sino que a efectos de elaborar solo los certificados de antecedentes de los internos y reconstruir algunos folios habria solicitado informacion al Jefe del Sistema Unico de Identiflcacion del Establecimiento Transitorio de Procesados de Lima; respecto al cargo por adjuntar un memorandum no registrado en el libro respectivo consta en autos MORDAZA autenticada del cuaderno de registro de memorandums del ano 1993, apreciandose que dicho Registro se cerro con el Memorandum N" 013, y contrariamente la recurrente acompano el Memorandum N" 0016-93.DRIVELC-INPE, sin MORDAZA de recepcion y cuya numeracion no corresponde a la consignada en el citado cuaderno resultando cuestionable su validez, en consecuencia no desvirtua estos cargos; Estando alo opinado por la>Oficina General de Aseso+&uridica en su Informe N 038-98JUS/OGAJ-OAADe conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37" del Decreto Legislativo N" 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2" y 8" del Decreto Ley N' 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulos 84" y 99" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Iv 02.94-Jus; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision ReorganizadoraN"399-98.INPE-CR-P,defecha 14deagostode 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y a la interesada, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13465

MORDAZA, 18 de noviembre de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Quinones MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora W 396-98INPE-CR-P, de fecha 14 de setiembre de 1998;

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