Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 1998 (20/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo 3".- El ejercicio del derecho otorgado en el articulo precedente, se encuentra condicionado a la instalacion del sistema de control automatizado conforme lo establecido en el literal e) del Articulo 4" de la Resolucion Ministerial N" 81597-PE, previo requerimiento de la Direccion Nacional de Extraccion; el incumplimiento de dicha obligacion caducara el permiso de pesca otorgado mediante la presente resolucion. Articulo 4".- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros en el plazo que establezca el dispositivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Articulo 5".- Las operaciones de pesca estan sujetas alo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 6".- Incluir a la embarcacion pesquera denominada "CARMEN ROXANA" en el literal D) del Anexo 1 y en el Anexo VII de la Resolucion Ministerial N" 200-9%PE, que actualiza el Decreto Supremo N" 000%97-PE. Articulo 7".- Incluir a la embarcacion pesquera denominada "CARMEN ROXANA" en el anexo de la Resolucion Ministerial N" 81%97.PE. Articulos".- Transcribase la presente Resoluaon Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de las Regiones Grau, Nor Oriental del Maranon, La MORDAZA, Chavin, Los Libertadores Wari, MORDAZA y Moquegua-Tacna-Puno. Registrese. comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKLJRO MIYASATO Director Nacional de Extraccion

MORDAZA, MORDAZA 20 de seticmhre de 1998

los siguientes funcionarios de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion: -Dr. MORDAZA MORDAZA Melenez, Director Genera1 de Transporte Aereo quien la presidira. - Dr. MORDAZA MORDAZA Combe, Asesor para Asuntos de Politica Aerea. Articulo 2".- El Dr. MORDAZA MORDAZA Melenez, viajara a Montreal el 23 de setiembre y regresara a MORDAZA el 2 de octubre de 1998. El Dr. MORDAZA MORDAZA Combe, viajara a Montreal el 20 de setiembre y regresara a MORDAZA el 2 de octubre de 1998. Articulo 3".- Los gastos que demande el viaje de los mencionados funcionarios, seran con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos - Pago por uso de Aeropuertos U S $ 5,060.OO US$ 200.00

Articulo 4".- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 10727

Sancionan con multa a empresa por infringir el Reglamento de Servicios y MTC Concesiones Postales Designan Delegacion que participara RESOLUCION DIRECTORAL en eventos de la CLAC y la OACI a IV OOS-98-IWIW15.20 realizarse en Canada MORDAZA, 27 de agosto de 1998
RESOLUCION SUPREMA N" 147-9%MTC MORDAZA, 18 de setiembre de 1998 Vista la Nota de Atencion N" 161 de fecha 28 de agosto de 1998, del Director General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comumcaciones, Vivienda y Construccion, a la que acompana la Comunicacion N" SA 32/1-97-94, de fecha 12 de diciembre de 1997, del Secretario de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), Comunicacion EC 1617 de fecha 14 de agosto de 1998, del Secretario de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil (CLAC) y una Ayuda Memoria de fecha 28 de agosto de 1998, mediante las cuales trasmite la invitacibn del Secretario Genera1 de la OACIydelSecretariodelaCLAC ala AutoridadAeronautica Peruana, para que participe en el 32" Periodo de Sesiones de la Asamblea de la OACI y en la LI11 Reunion del Comite Ejecutivo de la CLAC, que se realizaran en la MORDAZA de Montreal, Canada, los dias 21 de setiembre al 2 de octubre de 1998; CONSIDEavDO: Que, es politica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion participar en las Reuniones Internacionales que son de interes para el Peru; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N' 26894, Ley del presupuesto para el Sector Publico para 1988, el Decreto Legislativo N" 560, el Decreto Ley N" 25862 y el Decreto Supremo N" 135.90-PCM; SE RESUELVE: Articulo l".- Designar a la Delegacion que representara a la Republica del Peru y autorizar el viaje en comision de servicios a la MORDAZA de Montreal, Canada, para asistir a la LI11 Reunion del Comite Ejecutivo de la CLAC que se realizara el 21 de setiembre de 1998 y al 32" Periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, del 22 de setiembre al 2 de octubre de 1998, a CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N" 220.94.MT0 15.04, de fecha 6.Junio.94, se otorgo a la empresa PROSERVICIOS S.A., concesion del Servicio Postal de ambito Nacional e Internacional que incluye la prestacion del Servicio de Remesa Postal (Giro de Dinero) suscribiendose el respectivo Contrato de Concesion Postal N" 064-94-MTCKTP el 13.Jw nio.94; Que, para efectos de garantizar el servicio de Remesa Postal se requiere una Carta Fianza de permanente vigencia a favor de INDECOPI, y que, el no renovarla constituye infraccion de caracter postal tipificada en el inciso g) del Articulo 38" del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, Decreto Supremo N" 032-93-TCC; Que, la Direccion de Normas y Supervision Postal segun los terminos a que se contrae el Informe N" 1%98-MTC/ 1520.03, senala que se curso la respectiva Notificacion con el fin de poner en conocimiento del Representante Legal de la empresa PROSERVICIOS S.A., que debia renovar la Carta Fianza que avala el Servicio de Remesa Postal, sin que a la fecha MORDAZA cumplido con tal requerimiento, por consiguiente se encuentra incursa en la infraccion tipificada en el inciso g) del Articulo 38" y sujeto a la sancion de multa establecida en el inciso a) del Articulo 41" del Decreto Supremo N" 032-93-TCC, sin perjuicio de cancelar la Concesion Postal y declarar resuelto el contrato; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N" 032-93-TCC, al inciso j> del Articulo 8" del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion General de Correos aprobado por Resolucion Ministerial N" 397-95-MTC/ 15.04; y con la opinion favorable de la Direccion de Normas y Supervision Postal; SE RESUELVE: Articuro lo.- Sancionar con una multa equivalente a cinco (5~ Unidades Impositivas Tributarias a la empresa PROSERVICIOS S.A., al haber incurrido en la infraccion prescrita en la parte considerativa de la presente resolucion.

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