Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 1998 (20/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 20 de setiembre de 1998 De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110" y Articulo 111" del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N" 03-95PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONGASE, a favor de Empresa de Distribucion Electrica MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 7920, 8060, 8061, 8231 y 8876, ubicadas en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 13 y 14 de agosto de 1998. Articulo 2".-Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- Empresa de Distribucion Electrica MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- Empresa de Distribucion Electrica MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10653 RESOLUCION MINISTERIAL No 449-9%EIWVME MORDAZA, 18 de setiembre de 1998 Visto, el Expediente N" 32069698 que incluye los documentos con Registros NS. ll89844 y 1202839, presentado por la concesionaria Empresa LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 7542,7596 y 7627, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Empresa LUZ DEL SUR S.A. concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N 031-94-EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Ns. 7542.7596 y 7627; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N 03-95PCM prorrogado por el Decreto Supremo N" 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas Decreto Ley N" 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable W 140-9%EMDGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 1 lo" y Articulo ll 1" del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N" 03-95-PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONGASE, a favor de Empresa LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter perma-

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nente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 7542, 7596 y 7627, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 21 y 22 de agosto de 1998. Articulo 2".-Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- Empresa LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- Empresa LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10654 RESOLUCION MINISTERLAL No 450-98-EM/VME MORDAZA, 18 de setiembre de 1998 Visto, el Expediente N" 32069998 que incluye los documentos con Registros N"s. ll89749 y 1202835, presentado por la concesionaria Empresa LUZ DEL SIJR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 8980,9127 y 9134, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Empresa LUZ DEL SUR S.A. concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N" 031-94-EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N"s. 8980,9127 y 9134; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 03-95PCM prorrogado por el Decreto Supremo N" 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas Decreto Ley N" 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N" 142-98-EWDGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110" y Articulo 111" del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N" 03-95-PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONGASE, a favor de Empresa LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 8980, 9127 y 9134, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 21 y 22 de agosto de 1998. Articulo 2".-Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- Empresa LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes

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