Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 1999 (14/06/1999)


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- Pasajes - Viaticos - Tarifa CORPAC TOTAL US$ 1,050.00 US$ 1,320.00 US$ 25.00 ------------US$ 2,395.00 =======

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de junio de 1999

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71
DECRETO SUPREMO Nº 020-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 37-94-EM, de fecha 12 de setiembre de 1994, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, ubicado en la MORDAZA Central, departamento de Ucayali, suscrito entre PERUPETRO S.A. y MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-96-EM, de fecha 15 de marzo de 1996, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, referente al MORDAZA y tercer periodo del programa minimo de trabajo de la fase de exploracion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-97-EM, de fecha 14 de noviembre de 1997, se aprobo una MORDAZA Modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, en cuanto a los plazos y garantias de los periodos del programa minimo de trabajo de la fase de exploracion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-98-EM, de fecha 1 de setiembre de 1998, se aprobo la cesion de participacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, por parte de MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru a favor de Pangaea (Peru) Energy Ltd. Sucursal del Peru, asi como la modificacion derivada de dicha cesion; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/041-99 de fecha 11 de MORDAZA de 1999, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, mediante el cual se establece la modificacion del plazo del programa minimo de trabajo correspondiente al tercer y MORDAZA periodo de la fase de exploracion, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, aprobado por Decreto Supremo Nº 37-94EM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 010-96-EM, 027-97-EM y 033-98-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru y Pangaea (Peru) Energy Ltd. Sucursal del Peru. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru y Pangaea (Peru) Energy Ltd. Sucursal del Peru, la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 7778

Autorizan viaje de representante del CONACINE a Espana para participar en evento de la Conferencia de Autoridades Cinematograficas de Iberoamerica
RESOLUCION SUPREMA Nº 092-99-ED MORDAZA, 11 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Secretaria Ejecutiva de la Cinematografia Iberoamericana ha cursado invitacion al Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, para la VII Reunion Ordinaria de la Conferencia de Autoridades Cinematograficas de Iberoamerica - CACI, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA Espana, del 14 al 16 de junio de 1999; Que, los gastos de estadia, seran cubiertos por la entidad organizadora del evento; Que, es necesario autorizar el viaje de un representante del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, para que participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicio de don MORDAZA MORDAZA WEBER WASER, Secretario del Comite Ejecutivo del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, para que participe en la VII Reunion Ordinaria de la Conferencia de Autoridades Cinematograficas de Iberoamerica - CACI, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - Espana, del 14 al 16 de junio de 1999. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectaran con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 531.12, Tarifa CORPAC US$ 25.00. Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El funcionario a quien se le autoriza por medio de la presente Resolucion, debera presentar a su retorno un informe sobre el evento al Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 7779

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