Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 1999 (22/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 22 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

Pag.174497

la presente resolucion, asi como la supervision del examen a efectuarse en la citada entidad, respectivamente. Articulo Quinto.- La firma auditora designada durante el desempeno de su labor se sujetara a las normas consignadas en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y a las demas disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 8107

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan el despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 28-99/DP MORDAZA, 21 de junio de 1999 Vista; la invitacion al Defensor del Pueblo remitida el 11 de marzo de 1999 por el Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, para que participe en el XVII Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos "Emilio F. Mignone", que se realizara en San MORDAZA, Costa Rica, del 14 al 25 de junio de 1999, segun Memorando Nº 685-99-DP/GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas y su correspondiente Anexo 4A Nº 13, asi como el Memorando DP-99 de fecha 25 de MORDAZA de 1999 de la Jefa de Gabinete de Apoyo al Defensor del Pueblo y los antecedentes respectivos; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, ha organizado el XVII Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos "Emilio F. Mignone", a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, del 14 al 25 de junio del presente ano, el mismo que reune a mas de 125 participantes del hemisferio americano, los que representan a diversos sectores que trabajan en la materia, desde oficinas ministeriales hasta organismos no gubernamentales especializados; actividad que cumplira su decimoseptimo ano de labor ininterrumpida contribuyendo a la promocion y difusion de los derechos humanos; Que, segun se manifiesta en la invitacion de la referencia, con la finalidad de alcanzar el mejor nivel academico y la mayor difusion posible ha sido invitado el Defensor del Pueblo del Peru a participar del equipo academico como conferencista en el citado curso para exponer el tema: "El Ombudsman, como institucion de tutela de los derechos humanos. Sus retos y desafios"; Que, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos ha sido constituido en Secretaria Tecnica de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman - FIO, habiendo sido comisionado el Defensor del Pueblo del Peru en su condicion de Vicepresidente del Capitulo Latinoamericano y del Caribe del Instituto Internacional del Ombudsman - IOI, para tratar los temas vinculados al IV Congreso Anual de la FIO a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 27 al 29 de setiembre del presente, bajo la denominacion "El Ombudsman y el Estado de Derecho"; Que, en atencion a compromisos previamente concertados, el Defensor del Pueblo visitara el Museo de los Ninos de Costa Rica, invitado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien como Primera Dama de la Nacion promovio e instituyo el proyecto; y adicionalmente concurrira, a invitacion del senor Embajador del Peru en Costa Rica, don MORDAZA Varillas MORDAZA, a una reunion de trabajo

con los participantes peruanos del curso anteriormente citado y otros connacionales asistentes; Que, los organizadores asumiran parcialmente los gastos que ocasione la comision del servicio MORDAZA referida, por concepto de pasajes internacionales y hospedaje siendo necesario autorizar el gasto diferencial correspondiente; Que, a fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional debe encargarse el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto durante la ausencia del titular, conforme a la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 y el Articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 041-97/DP; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-90PCM; en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 5º y 9º inciso 7), de la Ley Nº 26520 y 6º y 7º incisos a) y k) del citado Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho del Defensor del Pueblo al senor doctor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Defensor Adjunto, del 21 al 23 de junio del presente ano, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la comision del servicio al exterior del titular de la Defensoria del Pueblo se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios segun el detalle siguiente: US$ 200.00 por concepto de instalacion; US$ 897.00 por pasajes internacionales y US$ 25.00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA-CORPAC, totalizando US$ 1,122.00 (Un mil ciento veintidos y 00/100 Dolares Americanos). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 8115

CONSUCODE
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 113/99.TC-S2 Fe de Erratas de la Resolucion Nº 113/99.TC-S2, publicada en nuestra edicion del dia 18 de junio de 1999, en la pagina 174393. Parrafo 11 de la parte considerativa: DICE: "Que, conforme puede verse del acta del Comite Especial correspondiente a la evaluacion de propuestas economicas y otorgamiento de la Buena Pro, realizada el 23.4.99, la presencia de solo tres de sus cinco miembros designados, es decir, sin tener mayoria calificada, contraviniendo ...". DEBE DECIR: "Que, conforme puede verse del acta del Comite Especial correspondiente a la evaluacion de propuestas economicas y otorgamiento de la Buena Pro, realizada el 23.4.99, con la presencia de solo tres de sus cinco miembros designados, es decir, sin tener mayoria calificada, contraviniendo ..." 8120

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.