Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 1999 (22/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de junio de 1999

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza que establece el Beneficio de Regularizacion de Licencias de Construccion
ORDENANZA Nº 028-99-MDSL San MORDAZA, 21 de junio de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 16 de junio de 1999 aprobo por Unanimidad el Dictamen Nº 004-99-CDUV-CDSL presentado por la Comision de Desarrollo MORDAZA y Vialidad sobre Beneficio de Regularizacion de Licencias de Construccion. CONSIDERANDO: Que, se ha recibido inquietudes sobre los montos elevados de las multas administrativas impuestas por edificar sin la respectiva licencia de construccion; Que, la Oficina de Desarrollo MORDAZA mediante Informe Nº 306-99-DDU-MDSL senala que de acuerdo al reglamento de otorgamiento de licencias de construccion es una infraccion obligatoria la cual representa el 5% del valor de la obra cuando son detectados por el personal de la Municipalidad y del 1.5% cuando el propietario se presenta voluntariamente a regular su tramite; Que, dado la situacion economica por la que atraviesa la poblacion del distrito y habiendose detectado la construccion de ampliaciones de obras, se requiere que la Municipalidad de San MORDAZA proyecte regular beneficios de las licencias de construccion a fin de poder brindar las facilidades a los propietarios de predios urbanos que deseen voluntariamente presentar la regularizacion de sus edificaciones; Que, asimismo, mediante Informe Nº 306-99-DDUMDSL la Oficina de Desarrollo MORDAZA proyecta la Ordenanza de beneficios de regularizacion de Licencias de Construccion que vayan de acuerdo a la Amnistia de las Licencias de Construccion, ya que esta reglamentada dentro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA vigente a la fecha, la cual ha simplificado el tramite de licencias, disminuyendo derechos y requisitos; Que, la Oficina de Asesoria Legal mediante Informe Nº 114-99-OAL-MDSL opina que dicho proyecto se ajusta a los dispositivos legales como es el Decreto Supremo Nº 025-94MTC y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Estando a lo expuesto y de conformidad al Articulo 47º incisos 2) y 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Reglamento Nacional de Construcciones, Reglamento de Otorgamiento de Licencias de Construccion, Decreto Supremo Nº 025-94-MTC, Ordenanza Nº 009-97MDSL, Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y su Regimen de Aplicacion, se expidio la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION CAPITULO I BASE LEGAL Y ALCANCES ARTICULO 1º La presente Ordenanza se encuentra sustentado en la siguiente base legal: a. Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 b. Reglamento Nacional de Construcciones

c. Reglamento de Otorgamiento de Licencias de Construccion, Decreto Supremo Nº 025-94-MTC d. Ordenanza Nº 009-97-MDSL, Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y su Regimen de Aplicacion. ARTICULO 2º La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los Beneficios de Regularizacion de Licencia de Construccion, de los propietarios de los predios urbanos del distrito de San MORDAZA que hayan a la fecha construido sin la respectiva Licencia Municipal y deseen regularizar su situacion voluntariamente presentando su solicitud conforme al tramite de Amnistia de Licencia de Construccion establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente. CAPITULO II DE LOS BENEFICIOS ARTICULO 3º Facultese a los propietarios de los predios urbanos del distrito de San MORDAZA, que hayan edificado a la fecha sin la respectiva Licencia de Construccion, a iniciar sus tramites de Regularizacion de Licencias de Construccion durante el periodo de vigencia de la presente Ordenanza, sin pago de multa alguna, debiendo solo cancelar el valor de la Licencia de Construccion, Deterioro de Pistas y Veredas y Control de Obra que se encuentra establecido en el Decreto Supremo Nº 025-94-MTC. ARTICULO 4º Los propietarios que se acojan a los beneficios de la presente ordenanza podran gestionar en un solo tramite la Regularizacion de la Licencia de Construccion, Conformidad de Obra y los Certificados de Numeracion respectivos. Debiendo pagar el valor de la Licencia indicado en el articulo anterior y para el caso de la Conformidad de Obra y el Certificado de Numeracion, solo el valor del formato, esto a fin que los propietarios en un solo acto puedan obtener los requisitos para la MORDAZA de la Declaratoria de Fabrica de acuerdo a las dos modalidades establecidas por los Registros Publicos: a) Mediante Escritura Publica via Notario b) Mediante Formulario Anexo 01 aprobado por la Ley Nº 26389 Valor de Formatos Certificado de Numeracion Conformidad de Obra S/. 40.00 S/. 80.00

ARTICULO 5º Toda Multa Administrativa Impuesta por edificar sin la Respectiva Licencia de Construccion en via de Regularizacion y no se hallan cancelado MORDAZA de la emision de la presente Ordenanza, podran acogerse a estos beneficios dentro del plazo de vigencia de la presente. ARTICULO 6º El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de 30 dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente. DISPOSICION FINAL PRIMERA: Quedan suspendidas la imposicion de las Infracciones Nº 2.001-DDU y Nº 2.002-DDU del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y su Regimen de Aplicacion, durante la vigencia de la presente Ordenanza. SEGUNDA: Encargar a la Oficina de Secretaria General, Oficina de Relaciones Publicas, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Direccion de Administracion su difusion y ejecucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 8116

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