Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 1999 (20/11/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 180426

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 1999

PESQUERIA
Autorizan al IMARPE ejecutar Plan de Operaciones de la Prospeccion Pesquera de Merluza en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 328-99-PE MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto el Oficio Nº PCD-100-746-99-PE/IMP de fecha 12 de noviembre de 1999, presentado por el Instituto MORDAZA del Peru, mediante el cual alcanza el Plan de Operaciones de la Prospeccion Pesquera de Merluza, durante la MORDAZA de 1999, en la MORDAZA comprendida desde los 04°30' L.S. hasta Chimbote. CONSIDERANDO: Que el Articulo 13º de la Ley General de Pesca aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que el Instituto MORDAZA del Peru, mediante documento del visto ha presentado el Plan de Operaciones de la Prospeccion Pesquera de Merluza durante la MORDAZA de 1999, en la MORDAZA comprendida desde los 04°30' L.S. hasta Chimbote; Que, el citado Plan de Operaciones tiene como proposito obtener informacion actualizada de la distribucion y concentracion de la merluza y otros recursos demersales, principalmente al sur de los 04°30' L.S., en fondos mayores a 100 m, asi como determinar las caracteristicas biologicas actuales y su relacion con el medio ambiente en el area de mayor concentracion (04°30' L.S. - Chimbote), a fin de recomendar al Ministerio de Pesqueria las medidas adecuadas para el manejo racional de dicho recurso, por lo que es necesario oficializar la ejecucion del Plan MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 43º, 44º, 46º y 76º de la Ley General de Pesca; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru la ejecucion del Plan de Operaciones de la Prospeccion Pesquera de Merluza durante la MORDAZA de 1999, en la MORDAZA comprendida desde los 04°30' L.S. hasta Chimbote, a iniciarse a mas tardar el 24 de noviembre y por un periodo no mayor de 10 dias, acorde al mencionado Plan, con la participacion de embarcaciones arrastreras cuya relacion en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes dispondran a los respectivos capitanes o patrones de pesca el cumplimiento de las directivas que dicte el IMARPE dentro del MORDAZA del Plan de Operaciones. Articulo 3º.- Los recursos hidrobiologicos extraidos con fines de investigacion de acuerdo a lo dispuesto en el Plan de Operaciones, son autorizados a ser procesados en las plantas que cuenten con licencia de operacion vigente otorgada por el Ministerio de Pesqueria. Articulo 4º.- El Instituto MORDAZA del Peru presentara al Ministerio de Pesqueria el Informe sobre los resultados de la investigacion ejecutada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria

ANEXO R.M. Nº 328-99-PE RELACION DE EMBARCACIONES ARRASTRERAS QUE PARTICIPARAN EN EL PLAN DE OPERACIONES DE LA PROSPECCION PESQUERA DE MERLUZA EMBARCACION FORTUNO TINTORERA MORDAZA MORDAZA POSEIDON MATRICULA PT-6007-CM PT-5384-CM CO-12594-PM PT-1771-CM

La participacion de las mencionadas embarcaciones en el Plan de Prospeccion, no otorga ninguna clase de derechos administrativos para la extraccion del recurso merluza. 14496

Autorizan reiniciar extraccion, recepcion y procesamiento de recursos anchoveta, en area comprendida entre el extremo norte y el paralelo 16° latitud sur de dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 329-99-PE MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Pesqueria dictar las normas para la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que la Resolucion Ministerial Nº 278-99-PE del 24 de setiembre de 1999 establecio un regimen provisional de extraccion, recepcion y procesamiento de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16° de Latitud Sur; Que la Resolucion Ministerial Nº 311-99-PE del 7 de noviembre de 1999 suspendio las actividades pesqueras referidas en el considerando precedente al registrarse de manera continua pesca de juveniles de anchoveta en exceso a la tolerancia permitida; Que el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) mediante Oficio Nº PCD-100-300-99-IMP/PE del 19 de noviembre de 1999 informo los resultados del Plan de Operacion Eureka LIII - Noviembre 1999 advirtiendo cierta concentracion de juveniles cercanos a la costa en determinadas zonas del litoral; Que conforme a los Lineamientos de Politica Pesquera aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 646-97-PE del 24 de octubre de 1997 son necesarias acciones concertadas entre el Estado y el sector privado para propender a la utilizacion integral y racional de los recursos hidrobiologicos, en cuya virtud es conveniente autorizar el reinicio de la extraccion, recepcion y procesamiento de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) en tanto no se capturen juveniles en exceso a la tolerancia permitida; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977 (Ley General de Pesca) y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reiniciar a partir de las 00.00 horas del 24 de noviembre de 1999 la extraccion, recepcion y procesamiento de anchoveta (Engraulis ringens) y an-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.