Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2000 (20/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de agosto de 2000

Instituto de Oceanografia Scripps, representado en el Peru por M.WOLL S.A., para realizar investigacion cientifica sobre afloramiento costero en aguas jurisdiccionales peruanas, con el empleo del buque "MELVILLE" de bandera de los Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, dispone en su Articulo 3º que el Estado fomenta la mas amplia participacion de personas naturales o juridicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversion extranjera con sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion, extraccion, cultivo, procesamiento y comercializacion de los recursos pesqueros; Que el Instituto de Oceanografia Scripps con el empleo del buque "MELVILLE" ha solicitado autorizacion para efectuar investigacion cientifica sobre afloramiento costero en aguas jurisdiccionales peruanas en el periodo comprendido del 19 de agosto hasta el 5 de octubre del 2000, con la participacion de investigadores cientificos del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; Que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de la Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificatorias y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al INSTITUTO DE OCEANOGRAFIA SCRIPPS, representado en el Peru por M.WOLL S.A., a realizar investigacion cientifica sobre afloramiento costero en aguas jurisdiccionales peruanas, en el periodo comprendido del 19 de agosto hasta el 5 de octubre del 2000, con el empleo del buque "MELVILLE" de bandera de los Estados Unidos de MORDAZA de 754 de Tonelaje de Registro Neto y 2,516 Toneladas de Registro MORDAZA, el mismo que operara fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigacion en el plazo de 15 dias, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, caducara automaticamente la autorizacion a que se hace referencia en el articulo anterior. Articulo 3º.- La empresa M.WOLL S.A., representante legal en el MORDAZA del Instituto de Oceanografia Scripps, debera cumplir con las siguientes obligaciones: a) Reservar acomodacion a bordo para dos (2) cientificos de investigacion del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, b) Remitir a la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria el informe final sobre las operaciones de investigacion; y, c) Remitir al Ministerio de Pesqueria el Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Articulo 4º.- Las operaciones de investigacion estan sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento juridico pesquero vigente. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HANDABAKA MORDAZA Ministro de Pesqueria 9547

para desarrollar la actividad de acuicultura con el recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus), en un area de mar de noventiseis hectareas y mil metros cuadrados (96.10 Has.) ubicada en MORDAZA Samanco, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que a traves del Oficio Nº V.200-755 del 9 de marzo del 2000, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa informo que la empresa NORTH FISHING S.A. no ha cumplido con tramitar su autorizacion de ocupacion del area de mar correspondiente; Que de acuerdo a lo manifestado por la Direccion Nacional de Acuicultura, mediante Informe Nº 007-2000-PE/Dm-Control, se ha determinado que la empresa NORTH FISHING S.A. no ha cumplido con los objetivos prefijados en el proyecto para el cual se otorgo la concesion, toda vez que se ha constatado que en el area de mar asignada no hay evidencias de la realizacion de trabajos de cultivo; asi como tampoco ha cumplido con presentar el informe semestral sobre las actividades realizadas durante el MORDAZA semestre del ano 1999, no obstante habersele requerido mediante Oficio Multiple Nº 006-2000-PE/DNA del 2 de marzo del 2000; Que la empresa NORTH FISHING S.A. no ha cumplido con las obligaciones establecidas en los incisos b) y d) del Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 244-96-PE y en el Articulo 116º del Reglamento de la Ley General de Pesca; asi como tambien ha incurrido en la causal de caducidad prevista en el Articulo 4º de la mencionada Resolucion Ministerial y en el Articulo 115º del citado Reglamento; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la caducidad de la concesion otorgada a la empresa NORTH FISHING S.A. mediante la Resolucion Ministerial Nº 244-96-PE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HANDABAKA MORDAZA Ministro de Pesqueria 9548

Declaran inadmisible impugnacion interpuesta contra la R.VM. Nº 1202000-PE, sobre nulidad de permiso para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 209-2000-PE MORDAZA, 17 de agosto del 2000 Visto el escrito de Registro Nº 05484002 del 9 de junio del 2000, a traves del cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Viceministerial Nº 120-2000-PE. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Viceministerial Nº 120-2000-PE del 23 de MORDAZA del 2000 se declaro la nulidad, entre otra, de la Resolucion Directoral Nº 035-98-CTAR-LL/DIREPE, a traves de la cual se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MI ALFREDO" con Matricula Nº PL-10603-CM, al haberse verificado que dicha resolucion habia incurrido en la causal de nulidad prevista en el inciso b) del Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, por cuanto la citada embarcacion no se encontraba comprendida en el supuesto normativo del Reglamento de la Ley Nº 26920, Decreto Supremo Nº 003-98-PE, toda vez que habia sido clasificada como de menor escala o artesanal por la capacidad de su bodega; Que el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, establece que las resoluciones que ponen fin al procedimiento administrativo podran ser impugnadas ante el Poder Judicial mediante la accion contenciosa-administrativa a que se refiere el Articulo 148º de la Constitucion Politica del Estado; estableciendose en el literal d) de la citada MORDAZA que para tal efecto, se pone fin al procedimiento administrativo con la declaratoria de nulidad de las resoluciones administrativas que hayan quedado consentidas, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 110º de la mencionada Ley;

Declaran caducidad de concesion otorgada a North Fishing S.A. para desarrollar actividades de acuicultura del recurso MORDAZA de abanico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-2000-PE MORDAZA, 18 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 244-96-PE del 7 de MORDAZA de 1996, se otorgo a la empresa NORTH FISHING S.A. concesion

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