Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2000 (26/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

VISTO: El Documento Simple Nº 40132-99 y Anexo Nº 6263-99 seguido por la Asociacion de Pequenos Comerciantes de Polvos Rosados, sobre autorizacion para gravar, bajo la modalidad de Hipoteca, y otorgamiento de Plazo Ampliatorio para la construccion del Centro Comercial en el terreno de 2,569.06 m2, de area, ubicado en la esquina formada por la Av. Aviacion, MORDAZA MORDAZA Valcarcel y Preciados, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Concejo Nº 094-94 de fecha 25 de octubre de 1994, el Concejo Metropolitano de MORDAZA resolvio adjudicar en venta directa a la Asociacion de Pequenos Comerciantes de Polvos Rosados, del terreno de 2,569.06 m2 de area, comprendido por trece lotes, del 1 al 7, y del 37 al 42, de la Mz. C de la urbanizacion Residencial Higuereta, cuarta etapa, MORDAZA sector, y ubicado en la esquina formada por la Av. Aviacion, MORDAZA MORDAZA Valcarcel y Preciados, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para ser destinado a la construccion de su Centro Comercial; Que, asimismo se aprobo la tasacion oficial, ascendente a la suma de US$ 1'156,000.00 (Un Millon Ciento Cincuenta y Seis Mil Dolares Americanos), como precio de venta de la mencionada adjudicacion, la misma que fue integramente depositada en la Libreta de Ahorros M.E. Nº 025-0002147 de la MORDAZA de Credito Popular de MORDAZA, segun se senala en el Testimonio de la Escritura Publica de Adjudicacion en Venta Directa y Credito con Garantia Hipotecaria que otorgo la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a favor de la Asociacion de Pequenos Comerciantes de Polvos Rosados, celebrado con fecha 12 de enero de 1995 ante la Notaria del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA B.; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 1349 del 22 de diciembre de 1994, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA autorizo la Hipoteca del terreno, a favor del Banco Wiesse, por US$ 249,641.60 (Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Seiscientos Cuarenta y Uno con 60/100 Dolares Americanos), para completar el monto de la tasacion oficial la misma que ha sido levantada y cancelada segun se senala en la Clausula MORDAZA del Testimonio de fecha 12 de noviembre de 1999, otorgado por el doctor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Valdes, Notario Publico de Lima; Que, en la clausula MORDAZA del Testimonio de la Escritura Publica de Adjudicacion, la Asociacion se obliga a iniciar y/ o ejecutar la construccion del Centro Comercial Polvos Rosados contados a partir de la inscripcion de la Escritura Publica de Adjudicacion en Venta Directa, registrada con fecha 13 de febrero de 1995 en el Asiento 4-c) de la Ficha Registral de acumulacion Nº 191592; Que, con fecha 17 de agosto de 1999, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA ha expedido la Licencia de Construccion Nº 304-99, seguida segun Expediente Nº 027-99, para la construccion de la primera etapa del Centro Comercial Polvos Rosados, sobre un area a construir de 12,305.00 m2, y en el plazo de 210 dias calendario segun lo senalado en el Contrato de Ejecucion de Obra suscrita entre la Cia. MORDAZA & Iju Contratistas Generales S.A.; Que, por causas no imputables a la Asociacion, se ha incumplido con el plazo dispuesto en el Art. 5º del Testimonio de la Escritura Publica de Adjudicacion en Venta Directa, por encontrarse el terreno hipotecado a favor del Banco Wiesse y haber afrontado procesos judiciales, actos que a la fecha han sido resueltos en forma favorable a los recurrentes segun se desprende de los documentos presentados; Que, en merito al MORDAZA y MORDAZA considerando de la presente Resolucion es justificable otorgar la prorroga solicitada por la Asociacion recurrente, para que en el plazo unico, definitivo e improrrogable de 12 meses culmine la ejecucion de la construccion de la Primera Etapa del MORDAZA Centro Comercial Polvos Rosados, de acuerdo a lo normado en el Art. 29º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC; Estando al Informe Legal Nº 130-99-MML-DMDU-DTTEDL, a lo dispuesto en el inciso f) del Art. 24º e inciso c), MORDAZA parte del Art. 29º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC, (Reglamento de Adjudicacion de Terrenos de Propiedad Fiscal, comprendidos dentro de la Expansion Urbana), en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y con el Visto MORDAZA de la Direccion Tecnica de Tierras Eriazas y de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Asociacion de Pequenos Comerciantes de Polvos Rosados el plazo unico,

definitivo e improrrogable de 12 meses para la finalizacion de la construccion de la Primera Etapa del Centro Comercial Polvos Rosados, tiempo que se computara a partir de la notificacion oficial de la presente Resolucion, bajo apercibimiento de declararse en caso de incumplimiento, la caducidad de la adjudicacion del terreno y su consiguiente reversion definitiva a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sin obligacion alguna de devolver el importe recibido del precio del terreno. Articulo Segundo.- Autorizar a la Asociacion de Pequenos Comerciantes de Polvos Rosados, para gravar y cancelar total y oportunamente ante las Instituciones Bancarias o Financieras elegibles y bajo la forma de Hipoteca, el terreno de 2,569.06 m2 de area ubicado entre la Av. Aviacion y las calles MORDAZA Valcarcel y Preciados del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo monto total sera destinado unica y exclusivamente para la construccion de la Primera Etapa de su Centro Comercial. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el termino de 30 dias en el Diario Oficial El Peruano, cuyos gastos correran por cuenta de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 0979

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 526-99-A/MDA Ancon, 31 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA CORPORACION MUNICIPAL DISTRITAL DE ANCON VISTOS: La convocatoria a Licitacion Publica Nº 0012000/MDA/CE, de fecha de publicacion 2 de diciembre 1999; y la publicacion de la ineficacia de la convocatoria referida, de fecha de publicacion 11 del mismo mes y ano, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades, son organos de Gobierno Local que tienen automonia administrativa, economica y normativa, con arreglo a lo dispuesto al Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, de conformidad con el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Que, el Art. 6º de la Ley de Gestion Presupuestaria, Ley Nº 27209 establece que el Titular de las Instituciones de los Gobiernos Locales es la mas alta Autoridad Ejecutiva, en materia presupuestaria del pliego que gestiona; Que, conforme lo establece la MORDAZA disposicion complementaria y transitoria de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2000, Ley Nº 27212, la ejecucion de los recursos destinados al programa del vaso de leche, se llevan adelante de conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 24059, 25307, 26573 y 26637, precisandose mediante la Resolucion Directoral Nº 046-99-EF/76.01 que aprueba la Directiva Nº 002-2000-EF/76.01, de donde los recursos del Programa del Vaso de Leche financian la racion alimenticia diaria, la que debe estar compuesta por productos de origen nacional con excepcion de enriquecidos lacteos los que deberan tener un minimo de 75% de insumos nacional; Que, el Inc. c) del Art. 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Art. 44º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98PCM, dispone que estan exonerados de Licitacion y Concurso Publico las adquisiciones que se realicen en situacion de urgencia;

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