Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2000 (26/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, las situaciones de urgencia se configuran cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operacion productiva o cuando la utilizacion de una Licitacion Publica o Concurso no cumpla funcion alguna debido a que los bienes no admiten sustituto o existiendo sustitutos, estos pueden afectar negativamente el servicio o MORDAZA productivo; Que, la convocatoria a licitacion publica para el suministro de leche entera en polvo y MORDAZA precocida para llevarse a cabo en el mes de enero del ano 2000, se programo teniendo en cuenta lo dispuesto por el Articulo 15º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para 1999, Ley Nº 27013, por lo que en razon a las variaciones dispuestas por la Ley Nº 27212, dicho MORDAZA de seleccion ha sido declarado ineficaz; Que, constituyendo los recursos del Programa del Vaso de Leche, elemento indispensable para financiar la racion alimentaria diaria, y siendo su desatencion contingencia que pone en peligro la salud de los beneficiarios de la Jurisdiccion Distrital, la misma que afectaria en forma negativa, los objetivos del programa, y a fin de garantizar las remesas de continuidad es necesario contar con los productos MORDAZA descritos por el plazo de 60 dias, en tanto dure el MORDAZA de seleccion conforme a los dispositivos legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26850, Dec. Sup. Nº 039-98-PCM, Ley Nº 27212, y con las atribuciones conferidas por el Num. 6) del Art. 47º, de la Ley Nº 23853; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia la adquisicion de Leche Entera en Polvo y MORDAZA Precocida, para el Programa del Vaso de Leche de la Corporacion Municipal Distrital de Ancon, por prevencion y ejecucion del suministro programadas para los meses de enero y febrero del ano 2000, ante la contingencia de poner en peligro la salud de los beneficiarios del programa en la jurisdiccion distrital, con perjuicios irreparables. Articulo Segundo.- ACTUAR lo dispuesto por los Arts. 17º y 19º y conexos de la Ley Nº 26850; exonerandose a la Corporacion Municipal Distrital de Ancon, del MORDAZA de seleccion de licitacion publica para la adquisicion de la Leche Entera en Polvo y MORDAZA precocida, durante los meses de enero y febrero del ano en curso. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimientos, con supervision asistida de la Secretaria General, Asesoria Legal y Profesionales Especializados, la adquisicion de la Leche Entera en Polvo y MORDAZA Precocida, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Cuarto.- COMUNICAR de la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica, y del Ministerio de Economia y Finanzas dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion de conformidad con el penultimo parrafo del Art. 19º de la Ley Nº 26850. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR copias de la presente resolucion, a las Unidades de Contabilidad y Presupuesto, Abastecimiento, Control Interno, Asesoria Legal, para su conocimiento y cumplimiento, y diligenciar su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0962

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus miembros; CONSIDERANDO: Que, es necesario reglamentar el procedimiento de ejecucion coactiva en el distrito de Barranco, que comprende la ejecucion coactiva de las obligaciones no tributarias y tributarias, asi como, los actos de ejecucion forzosa establecidos en la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, teniendo por finalidad garantizar a los obligados, el cumplimiento por parte del personal de la Municipalidad Distrital de Barranco de los actos administrativos que le MORDAZA exigibles, previos, al procedimiento de ejecucion coactiva, para el desarrollo de un debido procedimiento coactivo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26979 de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", y el Codigo Procesal Civil, y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, ha emitido la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente ordenanza reglamenta el procedimiento de ejecucion coactiva en el distrito de Barranco, y comprende la ejecucion coactiva de las obligaciones no tributarias y tributarias, asi como, los actos de ejecucion forzosa establecidos en la Ley Nº 26979 de Procedimiento de Ejecucion Coactiva (en adelante la Ley), teniendo por finalidad garantizar a los obligados, el cumplimiento por parte del personal de la Municipalidad Distrital de Barranco de los actos administrativos que le MORDAZA exigibles, previos, al procedimiento de ejecucion coactiva, para el desarrollo de un debido procedimiento coactivo (llamese demoliciones, obligaciones de hacer, clausuras y demas actos de coercion). Articulo 2º.- El procedimiento de ejecucion coactiva constituye una manifestacion de las potestades de autotutela conferido por ley a la Administracion Publica Nacional para ejecutar por si misma sus decisiones, sin necesidad de intervencion judicial previa, pudiendo exigir coactivamente el pago de una acreencia o la ejecucion de una obligacion de hacer o no hacer, de acuerdo con lo dispuesto en los Articulos 14º y 29º de la Ley. Articulo 3º.- Se considera deuda u obligacion exigible coactivamente a: La establecida mediante acto administrativo, resolucion de determinacion o Multa, emitido conforme a ley, debidamente notificado, y que no MORDAZA sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la via administrativa, dentro de los plazos de ley; La establecida por resolucion firme confirmando la obligacion debidamente notificada; Las cuotas de amortizacion de la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento pendiente de pago, cuando se incumplan las condiciones bajo las cuales se otorgo ese beneficio, siempre y cuando se MORDAZA cumplido con notificar al deudor la resolucion que declara la perdida del beneficio de fraccionamiento y no se hubiere interpuesto recurso impugnatorio dentro del plazo de ley; La que conste en una orden de pago emitida conforme a ley; Las garantias otorgadas a favor de la entidad dentro del procedimiento de ejecucion coactiva, cuando corresponda; y, Las costas y gastos en que la entidad hubiere incurrido durante la tramitacion del procedimiento coactivo. Articulo 4º.- Ademas de las deudas u obligaciones senaladas en el articulo que antecede, seran exigibles

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Reglamento del Procedimiento de Ejecucion Coactiva de la municipalidad
ORDENANZA Nº 018-MDB Barranco, 18 de noviembre de 1999

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