Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2000 (12/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de setiembre de 2000

senorita Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. Articulo Tercero.- Felicitar a la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, por su designacion como Embajadora del I Congreso Mundial del Ministerio Publico para MORDAZA Latina, y su participacion como expositora en el mismo evento, con el tema "El Ministerio Publico y la Prevencion del Delito en el Peru", lo que prestigia al Ministerio Publico del Peru; con MORDAZA a su legajo personal. Articulo Cuarto.- Los gastos de pasajes, alojamiento y alimentacion de la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, no irrogaran gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio Publico, los que seran cubiertos por los organizadores. Articulo Quinto.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuese su clase o denominacion. Articulo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a la senora Presidenta del Congreso de la Republica, a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 10460

Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante Informe Nº DESF "C" 148-OT/2000, y con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante las Resoluciones SBS Nº 807-99 y Nº 571-2000; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses, el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Wiese Sudameris debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. LEVEAU MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 591-2000 Relacion de inmuebles recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000.
FECHA DE ADJUDI- DESCRIPCION/UBICACION CACION 99.08.31 99.08.31 99.08.27 99.08.27 99.08.27 99.08.27 99.08.27 99.08.31 99.08.18 Los Zafiros Nº 2701, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 1390, MORDAZA Parcela A, Lote T2, MORDAZA Mz. N Lte. 39, Urb. La Alborada, MORDAZA MORDAZA Cinco Nº 448, MORDAZA Lte. 20 Mz. C, Urb. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mz. D Lte. 17, Urb. San MORDAZA, MORDAZA Pick Up Ford PC-9745 Maquinaria VALOR DE ADJUDICACION 105 858,40 914 962,04 55 865,38 110 783,32 34 195,48 62 721,26 153 948,34 54 914,51 10 224 158,73 PRORROGA DE TENENCIA 2002.03.03 2002.03.03 2002.02.27 2002.02.27 2002.02.27 2002.02.27 2002.02.27 2001.03.03 2001.02.18

SBS
Amplian plazo para que el Banco Wiese Sudameris proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 591-2000 MORDAZA, 4 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le otorgue prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes recibidos en dacion de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses;

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ADUANAS
Amplian entrada en vigencia del Instructivo de Trabajo "Informe de Verificacion - IDV", INTA IT.00.06(v.2)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL N° 000 ADT/2000-0002774 Callao, 8 de setiembre de 2000

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