Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2000 (12/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de setiembre de 2000

cion y Estado Civil los Registros Especiales de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion, en tanto no se instalen las dependencias del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en cada una de las localidades respectivas; Que, conforme la documentacion del visto se ha verificado por la autoridad competente, la destruccion de Actas originales de Nacimiento correspondientes al Libro 08 del 21/3/1921 al 9/7/1944, Libro Nº 19 del 1/ 2/1944 al 7/3/1944, 1/4/1944 al 21/5/1944, 23/5/1944 al 7/6/1944, 9/6/1944 al 13/6/1944, 15/6/1944 al 3/7/1944, 5/7/1944 al 8/7/1944, 10/7/1944 al 23/8/1944, 25/8/1944 al 30/10/1944, Folio Nº 20 del 2/11/1944 al 19/11/1944, 1/12/1944 al 16/12/1944, 21/12/1944 al 29/12/1944, Folio Nº 26 del 1/1/1945 al 17/1/1945, 19/1/1945, 21/1/ 1945 al 30/1/1945, 1/2/1945 al 8/2/1945, 10/2/1945 al 6/ 4/1945, 8/4/1945 al 18/5/1945, 1/6/1945 al 11/6/1945, 14/6/1945 al 26/6/1945, 1/7/1945 al 12/7/1945, 14/7/ 1945 al 30/7/1945, 1/8/1945 al 2/8/1945, 4/8/1945 al 14/ 8/1945, 16/8/1945 al 18/8/1945, 20/8/1945 al 7/9/1945, 9/9/1945 al 27/3/1951, Folio Nº 53 del 28/3/1951 al 2/ 4/1952, Libro Nº 20 del 23/8/1952 al 25/4/1953, Libro Nº 24 del 1/1/1954 al 4/6/1954, Libro Nº 25 del 26/9/ 1954 al 1/10/1954, Libro Nº 26 del 1/1/1955 al 3/1/ 1955, Libro Nº 27 del 9/6/1955 al 14/12/1955, Libro Nº 28 1/1/1956 al 2/1/1956, Libro Nº 29 del 16/3/1956, 1/6/1956 al 9/9/1956, Libro Nº 30 del 30/12/1956 al 4/ 1/1957, Libro Nº 33 del 1/1/1958 al 5/1/1958, Libro Nº 34 del 9/10/1958 al 12/10/1958, Libro Nº 37 del 1/1/ 1960 al 3/1/1960, Libro Nº 38 del 1/1/1961, 26/2/1961 al 28/2/1961, Libro Nº 39 del 2/12/1961 al 7/1/1962, Libro Nº 42 del 5/1/1965 al 6/1/1965, Libro Nº 43 del 4/1/1966 al 9/1/1966, Libro Nº 47 del 1/1/1969 al 8/1/ 1969, Libro Nº 49 del 6/1/1970, Libro Nº 50 del 1/1/ 1971 al 3/1/1971, Libro Nº 51 del 1/1/1972 al 2/1/1972, 8/1/1972 al 13/1/1972, Libro Nº 53 12/12/1972 al 21/ 12/1972, Libro Nº 57 del 28/2/1975 al 9/3/1975, Libro Nº 59 del 27/7/1977 al 30/7/1977, Libro Nº 60 del 9/8/ 1978 al 1/5/1979, Libro Nº 64 del 27/3/1981 al 30/3/ 1981, Libro Nº 65 del 1/5/1982 al 2/5/1982, Libro Nº 67 del 1/1/1984 al 3/1/1984, Libro Nº 68 del 1/4/1984 al 10/2/1985, Libro Nº 70 del 28/9/1985 al 30/9/1985, Libro Nº 72 del 1/1/1987 al 5/1/1987, Libro Nº 76 del 30/12/1988 al 1/1/1989, Libro Nº 78 del 21/12/1990 al 2/1/1991, Libro Nº 83 del 1/1/1995 al 2/1/1995, Matrimonio Libro Nº 17 del ano 1963 (setiembre, noviembre y diciembre) 1964 (enero, marzo, MORDAZA MORDAZA, junio y setiembre), Libro Nº 18 del ano 1965 (enero, junio, agosto, setiembre, noviembre y diciembre), 1966 a 1977, 1978 (enero a junio), Libro Nº 30 de 1978 (octubre y noviembre), Libro Nº 43-44 de 1985 (enero, marzo y julio), Libro Nº 45-46 de 1987 1922 (enero a noviembre), Libro Nº 08 de 1948 (julio a diciembre), 1949 a 1951, Libro Nº 15 de 1955 (setiembre a diciembre), 1956 (enero a abril), Libro Nº 37 1976 (abril y mayo), Libro Nº 38 (abril y mayo), Libro Nº 44 de 1983 a 1984 y 1985 (enero); Que, sobre la solicitud de reinscripcion contenida en el Informe del Visto, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, en atencion a ser el organismo constitucional MORDAZA con competencia exclusiva en materia registral; De conformidad con la Ley Nº 26242, la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion propuesta por el Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de HUACAR, provincia de AMBO, departamento de MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de HUACAR, provincia de AMBO, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro Especial constituido por Libros de Actas Especiales para nacimiento, matrimonio y defuncion, para los efectos de implementar el MORDAZA de reinscripcion de nacimientos, matrimonios y defunciones, con sujecion a las normas legales, reglamen-

tarias y administrativas que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 3º.- Considerandose que el Registro de Reinscripciones debe tener las caracteristicas autorizadas y la secuencia numerica dispuesta por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a lo que se suma el caracter social de la Reinscripcion, se debera proporcionar los libros de Actas requeridas a la Oficina de Registro de Estado Civil. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10320

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Encargan a magistrada adjunta el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de La Convencion y la designan Fiscal Ad Hoc para casos materia de las RR. Nºs. 116 y 335-2000-MP-CEMP
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 623-2000-MP-CEMP MORDAZA, 11 de setiembre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1246-2000-MP-FSEGG-CUSCO cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de Ladron de MORDAZA, Fiscal Superior de Gestion de Gobierno del Distrito Judicial del MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, elevando las solicitudes de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chullo, MORDAZA Kehuarucho MORDAZA y Anccilla Del MORDAZA Vildoso MORDAZA, solicitando vacaciones del 18 al 24 de setiembre del 2000; y estando al Acuerdo Nº 7045 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, y, en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Concedase vacaciones a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chullo y MORDAZA Kehuarucho Cardenas; y Anccilla Del MORDAZA Vildoso MORDAZA, Fiscales Provinciales Provisionales de la Primera y MORDAZA Fiscalias Provinciales Mixtas y de Familia de La Convencion, respectivamente; y, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de La Convencion, del 18 al 24 de setiembre del 2000. Articulo Segundo.- Encargar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial de Familia de La Convencion, quien reune los requisitos de ley, el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de La Convencion y designarla como Fiscal Ad Hoc materia de la parte pertinente del Articulo Primero de las Resoluciones Nºs. 116 y 335-2000-MP-CEMP de fechas 14 de febrero y 18 de MORDAZA del 2000, respectivamente, por el termino que dure las vacaciones de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional; concluida la presente encargatura y designacion se reincorporara a la Fiscalia de origen. Articulo Tercero.- Facultese a la Fiscal Superior Encargada de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial del MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA, encargar los Despa-

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