Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2001 (03/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2001

Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Viceministro de Salud, al senor MORDAZA MORDAZA QUIMPER HERRERA. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 28643

Visto el Oficio DGSP Nº 3353-2001, de la Direccion General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 154-2001-SA/DM, de fecha 7 de marzo del 2001, aprueba la "Norma Tecnica Sanitaria para la Adicion de Fluoruros en Cremas Dentales, Enjuagatorios y otros productos utilizados en la Higiene Bucal"; Que, la Direccion General de Salud de las Personas, considera necesario modificar y actualizar la MORDAZA en algunos de sus articulos, a fin de mejorar los criterios tecnicos senalados, para fortalecerla en sus contenidos y que a su vez sirva de instrumento normativo que permita regular, controlar y supervisar a las empresas, para que incorporen a los productos de higiene personal concentraciones adecuadas de fluor con la finalidad de prevenir caries dental y evitar fluorosis dental; Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar la "Norma Tecnica Sanitaria para la Adicion de Fluoruros en Cremas Dentales, Enjuagatorios y otros productos utilizados en la Higiene Bucal", modificada y actualizada con el fin de mejorar los criterios tecnicos. 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 1542001-SA/DM, de fecha 7 de marzo del 2001. 3º.- Otorgar un plazo de 6 (seis) meses, a partir de su publicacion, para la adecuacion a la MORDAZA de todo articulo de higiene personal contenido en la presente. Registrese y comuniquese. MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud DIRECCION GENERAL DE SALUD DE LAS PERSONAS DIRECCION EJECUTIVA DE ATENCION INTEGRAL DE SALUD DIRECCION DE SALUD MUJER, MORDAZA Y ADOLESCENTE MORDAZA TECNICA SANITARIA PARA LA ADICION DE FLUORUROS EN CREMAS DENTALES, ENJUAGATORIOS Y OTROS PRODUCTOS UTILIZADOS EN LA HIGIENE BUCAL Articulo 1º.- Objeto El presente documento normativo establece las disposiciones que deben cumplir las empresas dedicadas a la elaboracion y comercializacion de productos utilizados en la higiene bucal y que contienen fluoruro. Articulo 2º.- Definiciones Para efectos del presente documento se entiende: a) Las cremas dentales, geles y otros productos utilizados en la higiene bucal que contienen fluoruro en el rango de 0 a 1500 ppm. en concentracion adecuada con la finalidad de prevenir caries dental son considerados cosmeticos. b) Los enjuagatorios bucales con contenido de fluoruro menor a 250 ppm., son considerados cosmeticos. c) Las cremas y enjuagatorios bucales con concentracion de fluoruro mayores a lo especificado en a) y b) son considerados medicamentos. Articulo 3º.- Disposiciones Tecnicas Las cremas dentales y enjuagatorios bucales considerados cosmeticos y que utilicen fluoruros, como preventivo de caries dental, se sujetaran a las siguientes normas tecnico sanitarias: a) Las cremas dentales fluoruradas deberan tener, como MORDAZA activo, sales fluoruradas compatibles con su uso topico. b) La concentracion MORDAZA de fluor debe ser expresada en partes por millon (ppm); el cual debe incluirse en el rotulado de los envases mediato e inmediato de las cremas, geles y enjuagatorios. Ademas, se recomienda indicar la fecha de expiracion del producto en lugar visible. c) Las cremas dentales que contengan concentraciones de fluoruro superiores a 1100 ppm.; seran indicadas para ninos mayores de 6 anos y adultos. d) Las cremas dentales con concentraciones convencionales de fluoruros (1000 hasta 1100 ppm.); pueden ser

Aprueban "Lineamientos Generales pr l Ognzco d lsMcoRaa a raiain e a ir e des" y su anexo "Modelo de Manual de Organizacion y Funciones"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 443-2001-SA/DM MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 2476-05-2001, de la Direccion de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de los servicios publicos de salud, es necesario disponer de normas para la organizacion de los establecimientos del primer nivel de atencion, que introduzcan modalidades flexibles de organizacion que promuevan la gestion local y una atencion integral de calidad; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas, y por la Oficina General de Planificacion; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el documento denominado "Lineamientos Generales para la Organizacion de las Micro Redes" y su anexo "Modelo de Manual de Organizacion y Funciones", que forma parte de la presente resolucion, correspondiendo su aplicacion a los establecimientos de salud del primer nivel de atencion del Ministerio de Salud en el ambito nacional. 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Servicios de Salud y en coordinacion con la Oficina General de Planificacion, la difusion y supervision del cumplimiento del documento normativo aprobado en el numeral anterior. 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales y Subregionales de Salud del MORDAZA son responsables de la implementacion y cumplimiento de los documentos aprobados en el primer numeral, en sus respectivos ambitos. 4º.- Toda orientacion o directiva sobre elaboracion de manuales de organizacion y funciones de establecimientos que operen bajo la modalidad de Comunidad Local de Administracion de Salud, debera sujetarse a los citados lineamientos en lo que corresponda. Registrese y comuniquese. MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 28476

Aprueban MORDAZA Tecnica Sanitaria para l A i i nd F u r r se C e a D n a dco e louo n rms etls Ejaaoisyorspouts ae, nugtro to rdco uiiao e l HgeeBcl tlzds n a iin ua
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 454-2001-SA/DM MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2001

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