Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2001 (03/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2001

dencia de la Aduana de Iquitos y valorizada en S/. 4,750.00 (CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/ 100 NUEVOS SOLES), cuyo detalle en anexo forma parte de la presente Resolucion; Que, conforme a lo establecido por el Articulo 109º del "Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal" aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78 VC, la aceptacion de donacion de bienes muebles, debe ser aprobada mediante Resolucion emitida por el titular del Organismo Publico correspondiente; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Articulo 76º inciso 4) del "Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial"; aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar en via de regularizacion, la adjudicacion efectuada por la Superintendencia Nacional de Aduanas a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de MORDAZA, del bien detallado y valorizado conforme al anexo de la presente Resolucion, destinado para el uso de la Oficina de Notificaciones del Distrito Judicial de Loreto. Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion Administrativa a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Gerencia General del Poder Judicial para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente ANEXO (Resolucion Nº 002090 del 22 de noviembre de 1996 de la Superintendencia Nacional de Aduanas - SUNAD) ITEM 01 BIEN DONADO Motocicleta MORDAZA "Honda"; ano 1992; modelo Nº XL-125; color rojo; serie: 9C2JDO801NR124157; motor: CG125BRE - 6175245, con luces quemadas. TOTAL 28573 TOTAL 01 VALOR S/. 4,750.00

CONSIDERANDO QUE: - En el Informe Tecnico del exordio se senala que el Banco actualmente cuenta con un Adaptador de Comunicaciones de MORDAZA Polaris, modelo 6900 PCI ESCON, que esta disenado para efectuar transferencias de altos volumenes de datos desde los servidores departamentales hacia el computador central; y se encuentra instalado en un computador que brinda facilidades complementarias para su funcionamiento. - Para asegurar el procesamiento diario de las principales aplicaciones del Banco, se requiere contratar un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para que, ante una MORDAZA o interrupcion en cualquiera de los componentes del Adaptador de Comunicaciones, se garantice su pronta reparacion y restablecimiento del servicio. - De acuerdo con los terminos del documento de fecha 24 de MORDAZA del 2001, emitido por Polaris Communications Inc., empresa extranjera fabricante del Adaptador de Comunicaciones de propiedad del Banco, se desprende que Maint S.A. es la unica empresa que cuenta con su autorizacion para brindar el servicio de mantenimiento de sus productos en el Peru. - El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias. - De acuerdo con el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas del MORDAZA de adjudicacion directa las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos. - Conforme al Articulo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el Articulo 19º se exonere una contratacion de servicios del requisito de adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. - A tenor del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion y emision, respectivamente. - Lo expuesto precedentemente permite concluir que el servicio a contratar no admite sustituto, y se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 19º de la citada Ley. El monto de la presente contratacion determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa habiendose cumplido con las exigencias contenidas en el Articulo 113º del Reglamento. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion del servicio de mantenimiento del Adaptador de Comunicaciones de MORDAZA Polaris, modelo 6900 PCI ESCON, por cuanto este no admite sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio en mencion con la empresa Maint S.A., por el periodo de un ano y por un valor referencial de US$ 5 073,95, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General 28545

4,750.00

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Atrzncnrtco d srii d uoia otaain e evco e mantenimiento de adaptador de comunicaciones mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE EXONERACION Nº 014-GG-2001 MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2001 VISTOS: El Informe Tecnico anexo al Memorandum Nº F200MA-2001-055 emitido por el Subgerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de 10 de MORDAZA del 2001, en el que se senala que la empresa Maint S.A. es la unica empresa en el Peru que puede proveer el servicio de mantenimiento del Adaptador de Comunicaciones de MORDAZA Polaris, modelo 6900 PCI ESCON. El Memorandum Nº K000-MA-2001-730 emitido por la Oficina Legal el 18 de MORDAZA del 2001, en el que se opina que la contratacion del servicio de mantenimiento del mencionado equipo debe efectuarse mediante adjudicacion de menor cuantia, toda vez que al ser prestado unicamente por la empresa Maint S.A., se presenta como un servicio que no admite sustituto.

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