Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2001 (03/08/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 208191

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 711-2001-MP-FN MORDAZA, 2 de agosto de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1653-2001-MP-FSD-LL, de fecha 10 de MORDAZA del 2001, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de La MORDAZA, que contiene el informe sobre la carga procesal de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Ascope; Estando a lo dispuesto por el Articulo Nº 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA Carbonell MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Ascope. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de La MORDAZA, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 28564

Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 11.7.2001, el Expediente Nº 039/2001.TC, sobre el pedido de aplicacion de sancion al contratista CONSTRUCCIONES RESIDENCIALES S.A.C., por no suscribir con el Fondo Nacional de Vivienda - Fonavi en Liquidacion, UTE-Fonavi en desactivacion, el contrato para la ejecucion de la obra "Redes de agua potable y alcantarillado del A.H. MORDAZA Ilo Promuvi IV, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua", objeto de la Licitacion Publica Nº 003-2000-LPCPC/COLFONAVI. CONSIDERANDO: Que, con Carta Nº 1865-2000-CG/COLFONAVI de 7.11.2000, el Coordinador General de COLFONAVI, comunico a la empresa Construcciones Residenciales S.A.C., que su representada obtuvo la buena pro del MORDAZA de la referencia, solicitandole se acerque a sus oficinas el 14.11.2000, a horas 3.00 p.m., para la firma del contrato, debiendo entregar previamente los documentos contenidos en la clausula 13.6 del referido contrato (proforma), y las cartas fianza de garantia de fiel cumplimiento por un monto de S/. 852,531.85 nuevos soles, y de seriedad de cumplimiento por la suma de S/. 4'480,967.28 nuevos soles; Que, mediante Carta Notarial Nº 1945-2000-CG/COLFONAVI de 17.11.2000, el Coordinador General de la COLFONAVI comunico al contratista que, en aplicacion a lo establecido en el numeral 2 de las especificaciones administrativas de las bases de la licitacion, no habiendose presentado a la firma del contrato en la fecha fijada, proceden a citarlo por MORDAZA vez para el 21.11.2000, a horas 3.00 p.m.; Que, con Carta Nº 030-2000-CR/GG de 17.11.2000, el contratista presento a la COLFONAVI, los documentos en conformidad con las bases, y MORDAZA de los documentos que se regularizarian a la brevedad posible, previa a la firma del contrato: Cargo de la solicitud presentada al Banco MORDAZA MORDAZA S.A.E.M.A. de las cartas fianza por la garantia de fiel cumplimiento de contrato, y por la garantia de seriedad de cumplimiento, por los importes de S/. 852,532.00 nuevos soles, y por S/ . 4'480,967.29 nuevos soles, respectivamente; Que, mediante Carta Notarial Nº 1974-2000-GG/COLFONAVI de 22.11.2000, el Coordinador General de la COLFONAVI comunico al contratista que ha incumplido con suscribir el contrato en la fecha senalada, quedando sin efecto legal alguno la buena pro otorgada, por lo que, en estricta observancia del Art. 80º del Reglamento de la Ley Nº 26850, esta procediendo a la ejecucion de la carta fianza de seriedad de oferta y, consecuentemente, poner en conocimiento del CONSUCODE el incumplimiento incurrido; Que, con carta de 23.11.2000, el Banco MORDAZA MORDAZA informo al contratista que ha sido desestimada su solicitud de 31.10.2000, sobre las cartas fianza de fiel cumplimiento de contrato y de seriedad de cumplimiento de contrato, por los importes de S/. 852,532.00 nuevos soles y S/. 4,480,967.29 nuevos soles, respectivamente, MORDAZA referidas a la L.P. Nº 003-2000-LP-CPC/COLFONAVI; Que, mediante Carta Nº 260-2000-COLFONAVI de 23.11.2000, la Entidad solicito al Banco MORDAZA MORDAZA, se sirva ejecutar la Carta Fianza Nº 20463, emitida por el importe de S/. 72,000.00 nuevos soles, de su cliente Construcciones Residenciales S.A.C., para garantizar la seriedad de oferta y firma del contrato, al no haberse presentado a la MORDAZA citacion para la firma del contrato. Obra en autos, MORDAZA simple del respectivo cheque, de fecha 30.11.2000, girado a la orden de la Entidad; Que, con Carta Nº 0127-2000/CR/GG de 24.11.2000, el contratista manifesto al COLFONAVI que mucho MORDAZA de conocer del otorgamiento de la buena pro y con la debida anticipacion, inicio los tramites para obtener los afianzamientos necesarios, aun cuando tenia la linea de fianza que cubria suficientemente los montos solicitados, habiendo coordinado con anterioridad a su participacion la suficiencia de los montos a cubrir; Que, sin embargo, agrega, habiendose vencido el ultimo plazo que les franquea la ley para la MORDAZA de las correspondientes fianzas y firma del contrato, el Banco recien con fecha 23.11.2000, le informo que su solicitud habia sido desestimada, no argumentando razon valedera alguna que le permita efectuar gestiones ante otra institucion financiera, aun cuando se le manifesto que la

Nombran Fiscal Adjunto Superior del Dsrt Jdca d Uaai itio uiil e cyl
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 705-2001-MP-FN MORDAZA, 2 de agosto de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Superior del Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta, que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reune los requisitos de ley para ocupar la mencionada plaza. Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Superior del Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ucayali, Gerencia General del Ministerio Publico, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 28560

CONSUCODE
Sancionan a Construcciones Residencials SAC y a proa ntrl cn ss e ... esn aua o upnin e e eecco d s drco a eso n l jrii e u eeh presentarse en procesos de seleccion y cnrtrcne Etd otaa o l sao
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 267/2001.TC-S2 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2001

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.