Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2001 (18/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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suscripcion del Formulario Unico de Tramite que se publicara en todo el MORDAZA a traves de la prensa escrita y los medios informaticos, a fin de facilitar el acceso y registro oportuno de todos los interesados en participar en el presente MORDAZA de Concurso Publico. La inscripcion finalizara el 4 de febrero de 2002. b) El periodo de evaluacion de la primera etapa y la fecha en que seran publicados los resultados del Centro Educativo, que no podra exceder del 14 de febrero de 2002, otorgandose un plazo de 72 horas para la formulacion y absolucion de reclamos. En caso de la apelacion ante el Comite de Evaluacion del Organo Intermedio a que se refiere el Articulo 13º del Reglamento, dicho organismo resolvera el recurso en un plazo adicional de 72 horas. c) La fecha de publicacion del cuadro de meritos en el Centro Educativo que no excedera del 21 de febrero de 2002. Dicho cuadro contendra la lista de los aprobados en la primera etapa y que se encuentren expeditos para pasar a la MORDAZA etapa del Concurso. En esta misma fecha, y bajo responsabilidad del Director del Centro Educativo, seran entregados todos los expedientes evaluados al Presidente del Comite de Evaluacion del Organo Intermedio que corresponda. Articulo 9º.- ... e) Copias autenticadas de los certificados de estudios superiores, resoluciones y demas documentos que pueden ser calificados, en el orden correlativo que establece el presente Reglamento al senalar los criterios evaluables. Para postular al cargo de docente del curso de Religion Catolica se requiere propuesta escrita del MORDAZA de la Diocesis o de la entidad eclesiastica en que dicha autoridad hubiera delegado expresamente tal atribucion, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 23211. Articulo 10º.- En el concurso para nombramiento en plazas docentes de los niveles de Educacion Inicial, Primaria y Secundaria, y en las modalidades de Menores, Adultos, Especial y Ocupacional, los Comites Especiales de Evaluacion de los Centros Educativos calificaran los expedientes de los profesores sujetandose a los siguientes criterios de evaluacion: I. CALIFICACION ACADEMICA Y PROFESIONAL, es decir acreditacion de la formacion del postulante en el nivel de educacion superior, como sigue: a) Grado Academico de Bachiller con tesis, 3 puntos. b) Grado Academico de Bachiller en Educacion sin tesis, 2 puntos. c) Grado Academico de Bachiller en otras areas sin tesis, 1 punto. d) Titulo Profesional Pedagogico en Educacion con tesis, 7 puntos. e) Titulo Profesional Pedagogico en Educacion sin tesis, 6 puntos. f) Titulo Profesional en otras areas con tesis, 5 puntos. g) Titulo Profesional en otras areas sin tesis, 4 puntos. h) Grado Academico de Maestria, 8 puntos. i) Grado Academico de Doctor, 10 puntos. Las copias de los diplomas de posgrado que se adjunten deberan ser autenticadas por el organo correspondiente de la Universidad que los expide. Si los MORDAZA o titulos fueron expedidos por Universidad extranjera debera acreditarse su reconocimiento o revalidacion conforme a ley. En este rubro los puntajes podran ser acumulativos. II. EXPERIENCIA DOCENTE PROFESIONAL, es decir labor efectiva realizada, desde la obtencion del titulo profesional, como docente contratado. Se calificara con un punto por cada ano lectivo comprendido entre MORDAZA y diciembre; o, en su defecto, con un decimo de punto por cada mes efectivamente laborado. En este rubro no hay puntaje maximo. III. SERVICIO DOCENTE EXCEPCIONAL, es decir labor docente efectiva acreditada con resolucion de la autoridad competente y las constancias de pago respectivo, incluyendo los servicios anteriores a la titulacion profesional, por periodos iguales o mayores a seis meses consecutivos, en centros o programas educativos ubicados en zonas: - De frontera, dentro de los cincuenta kilometros de la linea fronteriza. - De MORDAZA, en las circunscripciones establecidas por ley. - Rural, en los centros poblados dispersos cuyas actividades predominantes MORDAZA las agricolas, ganaderas o extractivas.

- De altura excepcional, a mas de 2800 metros de altura sobre el nivel del mar. - De menor desarrollo relativo, en pueblos jovenes, asentamientos humanos o zonas urbano-marginales reconocidas como tales por el respectivo Concejo Provincial. En cada MORDAZA podra otorgarse puntaje por una sola vez, segun la escala siguiente: capital de provincia o distrito, 1 punto; centros poblados, caserios u otros lugares, 2 puntos. El MORDAZA puntaje acumulable en este rubro sera de 10 puntos. IV. ANTIGUEDAD DEL TITULO PEDAGOGICO, es decir el tiempo transcurrido desde la obtencion del diploma que autoriza el ejercicio de la profesion docente. Se calificara un punto por cada ano cronologico transcurrido desde la fecha de expedicion del titulo profesional y se agregara un decimo de punto por cada mes restante, hasta un MORDAZA de ocho puntos. V. ENTREVISTA PERSONAL, es decir el resultado del intercambio de opiniones entre el Comite Especial de Evaluacion del Centro Educativo y el profesor postulante, sobre asuntos referidos al quehacer pedagogico, que se calificara de acuerdo a la siguiente escala: Deficiente, 0; Regular, 2 puntos; Suficientes, 4 puntos; MORDAZA, 6 puntos; Muy MORDAZA, 8 puntos; Excelente, 10 puntos. La entrevista personal podra ser complementada, por acuerdo del Comite Especial de Evaluacion, con una clase modelo o cualquier otra forma de apreciacion de la idoneidad pedagogica del postulante a la plaza docente. La calificacion de este rubro sera efectuada por consenso o con el promedio de puntajes asignados al postulante por cada uno de los miembros del Comite Especial de Evaluacion. Articulo 11º.- ... a) Se bonificara con cinco puntos al profesor que hubiera ocupado el primer lugar en el orden general de meritos de cada institucion al concluir su formacion profesional; y con cuatro puntos al que ocupo el MORDAZA lugar. Se otorgara dos puntos, en forma excluyente del supuesto anterior, a quienes acrediten haberse ubicado en el MORDAZA superior del cuadro general de meritos de cada institucion, al termino de la MORDAZA profesional. b) Se bonificara con dos puntos al profesor que acredite haber aprobado un curso, ciclo o programa cuya duracion sea no menor de dieciseis semanas, en su especialidad, dictado en una Universidad, con posterioridad a la obtencion de su titulo profesional. El MORDAZA puntaje acumulable en este item sera de diez puntos. c) Se bonificara con un punto cada ponencia o trabajo de investigacion del profesor sobre temas de su especialidad, cuando acredite haber sustentado dicho trabajo o propuesta en un congreso pedagogico o en un certamen cientifico. El MORDAZA puntaje acumulable en este item sera de diez puntos. (...) e) Se bonificara con medio punto cada acreditacion del profesor por haber sido premiado o felicitado, mediante resolucion del Director del Organo Intermedio o del MORDAZA por acuerdo del respectivo municipio, o del jefe de organismo descentralizado del sector Educacion, en reconocimiento de su puntualidad, eficiencia en el servicio o destacada labor en beneficio de la comunidad educativa. El MORDAZA puntaje acumulable en este item sera de cinco puntos. Articulo 12º.- El puntaje MORDAZA acumulable en la primera etapa del Concurso, considerando los criterios senalados en el Articulo 10º y las bonificaciones senaladas en el Articulo 11º, sera de sesenta (60) puntos. Para continuar en la MORDAZA etapa del Concurso se requerira acumular un puntaje minimo de veinte (20) puntos. Articulo 16º.- La prueba de suficiencia profesional sera aplicada en todo el MORDAZA el 26 de febrero de 2002. El Ministerio de Educacion garantizara la calificacion de la prueba mediante un sistema computarizado y la publicacion inmediata de los resultados. El puntaje de esta prueba sera acumulado al que obtuvo el postulante en la primera etapa y la suma de ambos puntajes constituira el puntaje total valido para que el Comite de Evaluacion del Organo Intermedio determine al ganador de cada plaza. Articulo 17º.- El Comite de Evaluacion del Organo intermedio solo podra declarar ganador del Concurso en una

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