Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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determinando su factibilidad y conveniencia de produccion para cubrir la demanda nacional. f) Prestar asesoramiento tecnico cientifico a los sectores publico y privado en el MORDAZA de su competencia. g) Otras funciones que le MORDAZA asignadas por el Director General.
DIRECCION EJECUTIVA DE COMERCIALIZACION

- Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentacion FAO - Centro de Control de Enfermedades Transmisibles CDC; y, - Otras entidades abocadas en el MORDAZA de la salud humana y veterinaria, como son los Organismos No Gubernamentales.
DEL REGIMEN ECONOMICO Y LABORAL

Articulo 74º.- La Direccion Ejecutiva de Comercializacion, es el organo encargado de comercializar y provisionar a nivel nacional e internacional los productos elaborados por el Centro, asi como establecer nuevas estrategias de marketing, con el fin de captar mayores ingresos y ampliar su cobertura. Articulo 75º.- Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director Ejecutivo y depende jerarquica, funcional y administrativamente de la Direccion General del Centro Nacional de Produccion de Biologicos. Articulo 76º.- Le corresponde las siguientes funciones: a) Coordinar, elaborar y programar con instituciones publicas y/o privadas la comercializacion de los productos biologicos, reactivos, medios de cultivo y otros insumos. b) Revisar los protocolos y ordenes de produccion emitidos por los departamentos tecnicos de los productos que van a ser comercializados. c) Investigar el MORDAZA para nuevas lineas de produccion de biologicos, reactivos, medios de cultivo y otros determinando su factibilidad y conveniencia de produccion para cubrir la demanda nacional. d) Coordinar y supervisar la promocion y publicidad de los productos biologicos, reactivos, medios de cultivo y otros insumos. e) Analizar la demanda de los productos biologicos en el MORDAZA nacional e internacional. f) Otras funciones que le MORDAZA asignadas por el Director General.
TITULO III DE LAS RELACIONES FUNCIONALES Y DE COORDINACION

Articulo 79º.- El Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado, tiene autonomia economica en el MORDAZA de su competencia y constituye Pliego presupuestal, de acuerdo a la estructura presupuestal disenada en la Ley de Presupuesto de la Republica. Articulo 80º.- Constituyen recursos del Instituto Nacional de Salud los rubros siguientes: a) Los montos asignados en el Presupuesto de la Republica para cada Ejercicio Fiscal. b) Los Ingresos Propios, por concepto de bienes y servicios que brinda la Institucion. c) Los aportes y transferencias que efectuan las instituciones y organismos publicos de nivel nacional e internacional; asimismo, los efectuados por personas naturales y/o juridicas. d) Los provenientes de cooperacion nacional e internacional para el desarrollo de proyectos de investigacion y/o estudio tecnico-cientifico en el MORDAZA de la salud. e) Otros aportes que se generen por la formulacion de convenios y/o contratos. Articulo 81º.- La planta de servidores del Instituto Nacional de Salud, constituye el recurso principal de la Institucion, esta comprendido en el regimen laboral que establece la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; asimismo, la legislacion laboral de los profesionales de la salud y del Trabajo Medico.
TITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Articulo 77º.- Le corresponde al Instituto Nacional de Salud establecer relaciones funcionales con personas naturales y juridicas del sector publico y privado, nacionales e internacionales, cuyos objetivos y fines estan ligados a la politica institucional. Articulo 78º.- El Instituto Nacional de Salud, mantiene las relaciones siguientes: a) Funcionales: Con las dependencias del Ministerio de Salud, especificamente con los organos de linea y con la Oficina General de Epidemiologia. Asimismo, con los Institutos Especializados. b) De Coordinacion: Con organismos publicos y privados de nivel nacional, guardando relacion especifica con: - Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - Universidad Peruana - Gobiernos Regionales y Subregionales. Con organismos internacionales debidamente acreditados en el MORDAZA, especialmente con: - Organizacion Panamericana de la Salud OPS/OMS - Agencia Internacional para el Desarrollo AID - Agencia de Cooperacion Internacional del Japon JICA - Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia UNICEF

Primera.- Los organos de Alta Direccion, Control, Asesoramiento, Apoyo y de Linea formularan sus Manuales de Organizacion y Funciones en coordinacion con la Oficina de Racionalizacion, para su aprobacion mediante Resolucion Jefatural, dentro del plazo de 60 dias calendario de vigencia del presente Reglamento. Segunda.- El Instituto Nacional de Salud aprobara el Cuadro para Asignacion de Personal dentro de 90 dias calendario a la vigencia de la presente MORDAZA, el cual sera aprobado por disposicion institucional. Tercera.- Quedan derogadas todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente Reglamento. 1523

Aceptan renuncia de asesor del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 154-2002-SA/DM

MORDAZA, 21 de enero del 2002 Vista la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA FIGUEROLA; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA DEL

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