Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2002 (25/01/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 216316

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de enero de 2002

c. Propiciar la certificacion de los productos elaborados por el sector agrario y agroindustrial. d. Apoyar en la busqueda de soluciones a los problemas de ingreso a los mercados de exportacion. e. Propiciar el fomento de las acciones de la investigacion para mejorar la competitividad y diversificacion de la oferta agroexportable. f. Propiciar la identificacion de las necesidades energeticas y de infraestructura vial necesarias para el desarrollo de los agronegocios de exportacion. g. Propiciar la adopcion de sistemas de calidad aplicados usualmente en el Comercio Internacional de los productos procedentes del agro. h. Identificar y propiciar el empleo de mecanismos que identifiquen el origen y calidad de los productos de agroexportacion. i. Otras funciones que se requieran para el logro del objetivo de la Comision. Articulo 3º.- La Comision estara conformada por: 1. El Ministro de Agricultura o su representante, quien la presidira. 2. El Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales o su representante. 3. El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante. 4. La Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA. 5. El Presidente de PROMPEX. 6. Tres representantes del Sector Privado. Articulo 4º.- La Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, asumira la Secretaria Tecnica de la presente Comision. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Agricultura, de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 1809

llao mediante Oficio Nº 2608-2001-AG-SENASA-Lima Callao; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo preceptuado en el Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG; el SENASA tiene por finalidad dotar a la actividad agraria nacional de un MORDAZA de mayor seguridad y menores riesgos sanitarios; Que, el Articulo 16º de la Ley Nº 27322 "Ley MORDAZA de Sanidad Agraria" establece que el SENASA declarara las areas libres o de baja prevalencia de plagas y enfermedades, realizando las gestiones oportunas y necesarias para su reconocimiento ante los organismos internacionales competentes; en concordancia con los principios y directrices emanados de dichos organismos, de los cuales el Peru es signatario; asimismo, dictara las medidas necesarias para el mantenimiento de dicho estado; facultad refrendada en el Articulo 18º del Reglamento General de la misma Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2001-AG; Que, el Articulo 45º del Reglamento para el Control y Erradicacion de la Fiebre Aftosa aprobado por Decreto Supremo Nº 44-99-AG, establece que el SENASA buscara establecer y ampliar las zonas libres sin vacunacion de Fiebre Aftosa en forma progresiva hasta erradicar la enfermedad del pais; Que, en la necesidad de dar cumplimiento al proposito del Proyecto contenido en el MORDAZA Logico del Plan de Ejecucion SENASA-BID, Contrato de Prestamo Nº 1025/OC-PE de declarar al MORDAZA ante la Oficina Internacional de Epizootias-OIE como libre de Fiebre Aftosa en donde se aplica la vacunacion; el Peru debera aplicar la vacunacion estrategica y sistematica preventiva contra la Fiebre Aftosa; Que, la Consultoria Internacional identifico al Peru como no endemico a Fiebre Aftosa, dependiente del ingreso de MORDAZA virales provenientes de zonas endemicas fuera de nuestro territorio; y de acuerdo a la evaluacion de los factores de riesgo contenidos en dicho informe, se recomienda la vacunacion estrategica y actualizar la distribucion de las zonas identificadas como con y sin vacunacion antiaftosa, de las anteriormente mencionadas en la Resolucion Jefatural Nº 064-2001-AG-SENASA; Que, segun recomiendan los organismos internacionales competentes en el tema y en cumplimiento al compromiso asumido en el Contrato de Prestamo SENASABID y el Informe de Consultoria; se mantendra el estado de vacunacion antiaftosa certificada por el SENASA en algunas provincias de la MORDAZA norte del MORDAZA, de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA y ciertos distritos de la provincia de Lima; Que, en consecuencia se hace necesario identificar oficialmente las nuevas zonas con y sin vacunacion antiaftosa en el ambito nacional; En ejercicio de las funciones conferidas por la Ley Nº 27322, Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Decreto Supremo Nº 44-99-AG, Decreto Supremo Nº 048-2001-AG; y con los vistos buenos de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; y de la Directora del Programa Nacional de Fiebre Aftosa; SE RESUELVE Articulo 1º.- Identificar en el ambito nacional las zonas geograficas con y sin vacunacion antiaftosa, de acuerdo al cuadro adjunto que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 064-2001 -AG-SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Identifican en el ambito nacional zonas geograficas con y sin vacunacion antiaftosa
RESOLUCION JEFATURAL Nº 017-2002-AG-SENASA

MORDAZA, 18 de enero de 2002 VISTO: El informe de consultoria internacional que identifica los Ecosistemas de Fiebre Aftosa en el Peru, los Articulos 2.1.1.2, 2.1.1.3, 2.1.1.4 y 2.1.1.5 del Codigo Zoosanitario Internacional ­ 2001, el informe emitido por el Programa Nacional de Fiebre Aftosa y el Oficio Nº 005-2002AG-SENASA-PNFA, mediante el cual, el Programa da su conformidad para la caracterizacion epidemiologica a nivel de distritos, solicitado por el SENASA Lima-Ca-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.