Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2002 (04/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de febrero de 2002

nal La Balsa y Accesos, ubicado en la carretera San MORDAZA de Shuaro - San MORDAZA - Namballe - La Balsa - Zumba MORDAZA, Km. 1496.49 provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, de acuerdo al Informe Nº 012-2002-MTC/ 15.17.07, encontrandose en plena epoca de lluvias, se vienen ejecutando los trabajos en los estribos de la referida obra, no pudiendo paralizar los mismos, ya que se correria el riesgo de perder todo el trabajo avanzado, por lo que se solicita mientras dure el MORDAZA de seleccion, declarar en situacion de urgencia la adquisicion de 8 000 bolsas de Cemento Portland MORDAZA I por un valor referencial de S/. 178,800.00 (ciento setenta y ocho mil ochocientos y 00/100 nuevos soles) y 116,709.41 Kg. de MORDAZA Corrugado por un valor referencial de S/. 194,904.71 (ciento noventa y cuatro mil novecientos cuatro y 71/100 nuevos soles); Que, el inciso c) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes o servicios u obras por el tiempo o cantidad segun el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001MTC, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en consecuencia, es necesario adquirir las 8 000 bolsas de Cemento Portland MORDAZA I y 116,709.41 Kg. de MORDAZA Corrugado para la obra: Construccion del MORDAZA Internacional La Balsa y Accesos, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, a fin de continuar con la ejecucion de las referidas obras, en tanto se concluye el MORDAZA de seleccion correspondiente; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion de Cemento Portland MORDAZA I y MORDAZA Corrugado para la obra: Construccion del MORDAZA Internacional La Balsa y Accesos. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de

Licitacion Publica para la adquisicion de 8 000 bolsas de Cemento Portland MORDAZA I hasta por un valor referencial de S/. 179,000.00 (ciento setenta y nueve mil y 00/100 nuevos soles) y 116,709.41 Kg. de MORDAZA Corrugado por un valor referencial de hasta S/. 195,000.00 (ciento noventa y cinco mil y 00/100 nuevos soles) para ser utilizados en la obra a que hace referencia el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- La adquisicion de los bienes a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a recursos ordinarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 4º.- Autorizar a la Direccion General de Caminos la adquisicion de los bienes a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico contenido en el Informe Nº 012-2002-MTC/ 15.17.07 y el Informe Legal, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2306

Aprueban modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 145 - Estaciones Reparadoras
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 14 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 9º literal c) de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 126-96-MTC/ 14.12, dentro del MORDAZA de adecuacion de la normatividad tecnica internacional a los estandares internacionales establecidos por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, la Direccion General de Aeronautica Civil aprobo las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 077-97-MTC/ 15.16, la Direccion General de Aeronautica Civil, luego de analizar y evaluar las Regulaciones Aeronauticas del Peru, tomando en consideracion los aportes y sugerencias recibidos por parte de operadores, personal aeronautico y publico en general, dispuso su aplicacion a todas las personas y entidades, naturales y juridicas del ambito aeronautico; Que, en el MORDAZA del MORDAZA permanente de revision, evaluacion y actualizacion de todos los aspectos tecnicos operativos, se ha realizado la Revision de la RAP 145 Estaciones Reparadoras, por lo que es necesario aprobar dicha revision a fin de que sea de obligatorio cumplimiento a nivel nacional; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil Nº 27261 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 050-2001MTC y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del texto de la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 145 - Estaciones Reparadoras, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion.

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