Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2002 (24/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de MORDAZA de 2002

JURADOS ELECTORALES ESPECIALES
Inscriben a la organizacion politica regional Movimiento Independiente Callao - "MI CALLAO" para la Provincia Constitucional del Callao
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DEL CALLAO RESOLUCION Nº OPR-003-2002-JEE/CALLAO Callao, 18 de MORDAZA del 2002 VISTO: El Expediente Nº JEEC/I003-2002, sobre el MORDAZA de inscripcion de la organizacion politica regional denominada Movimiento Independiente Callao - "MI CALLAO", y considerando; que dicha organizacion ha cumplido con los requisitos de inscripcion, previstos en la Ley. RESUELVE: Primero.- Inscribir a la organizacion politica regional Movimiento Independiente Callao - "MI CALLAO", para la Provincia Constitucional del Callao, asi como el simbolo que la identifica que consiste en un barco con bandera, tal como se acompana en el anexo. Segundo.- Tengase presente el domicilio senalado por la recurrente ubicada en la MORDAZA Granada Nº 173 Urb. La MORDAZA - La MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; y acreditado como Personero: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Personero Legal Titular. Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones la presente resolucion para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORJORQUEZ MORDAZA Presidente del MORDAZA Electoral Especial Callao MOVIMIENTO INDEPENDIENTE CALLAO - MI CALLAO Dpto. de MORDAZA - Provincia Callao - Distrito Callao Denominacion o breve descripcion del simbolo: Un barco con bandera

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Solicitan al Ministerio de Relaciones Exteriores realizar gestiones para que el DNI sea incluido en la lista de tarjetas de identidad de extranjeros aceptadas por el Consejo Municipal de la MORDAZA de Oakland, California, EE.UU.
RESOLUCION JEFATURAL Nº 460-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002 VISTO el OF.RE. (DGC-TRC) Nº 3-0-BB/2332 de 26 de junio de 2002, cursado por el Director General de Asuntos Consulares; CONSIDERANDO: Que, por disposicion del Articulo 183º de la Constitucion Politica concordante con el inciso g) del Articulo 7º de la Ley Nº 26497 - el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, emite el documento unico que acredita la identificacion de las personas; habiendose instituido para el efecto, el Documento Nacional de Identidad - DNI como documento publico, personal e intransferible; Que, el Presidente del Consejo Municipal de la MORDAZA de Oakland de California de los Estados Unidos de Norteamerica, ha expedido la Ordenanza Nº 12403 C.M.S., mediante la cual se informa que las autoridades de esta MORDAZA aceptaran como identificacion valida las tarjetas de identidad emitidas por gobiernos extranjeros, facultandose al Administrador Municipal de esa MORDAZA, a elaborar una lista de tarjetas de identidad extranjeras aceptables en base a las garantias que ofrezcan; Que, el Documento Nacional de Identidad del Peru, contiene en su cara principal los siguientes elementos de seguridad: banda gris con efecto de relieve; sello de agua con escudo del Peru; numero del DNI; codigo de verificacion alfabetico; lineas azules que cruzan la foto; numero del DNI y el apellido MORDAZA sobre la foto; fotografia fantasma en MORDAZA y negro; codigo OACI que contiene la nacionalidad, apellido MORDAZA, nombre, numero de DNI y fecha de nacimiento; fondo MORDAZA con vicuna y disenos laterales precolombinos; y, en el reversos; lineas curvas MORDAZA que cubren el fondo MORDAZA verdoso y el codigo de barras que contiene el numero del DNI; asimismo, este documento esta hecho en papel moneda, que es producido en el exterior unicamente para el RENIEC y se encuentra protegido, en ambos lados, con un plastico que contiene un texto sensible a la luz ultravioleta, imposible de ser fotocopiado; Que, conforme hace constar el senor Consul General del Peru en San MORDAZA de los Estados Unidos de Norteamerica, por los significativos elementos de seguridad que contiene el Documento Nacional de Identidad que emite el RENIEC, se MORDAZA por descontada su aceptacion e inclusion en la lista de la Administracion Municipal, por cuanto el DNI peruano excede las seguridades requeridas por las autoridades metropolitanas de la MORDAZA de Oakland; Que, en tal virtud, se hace necesario disponer lo pertinente, con la finalidad de facilitar la inclusion del DNI del Peru en la lista de tarjetas de identidad aceptadas en la MORDAZA de Oakland; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Unico.- SOLICITAR al Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de los MORDAZA diplomaticos establecidos, gestione ante las autoridades respectivas, a fin que el Documento Nacional de Identidad - DNI del Peru, emitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, sea incluido en la lista de tarjetas de identidad de extranjeros, aceptadas por el Consejo Municipal de la MORDAZA de Oakland de California de los Estados Unidos de Norteamerica; remitiendose, para el efecto, la cartilla de descripcion de los elementos de seguridad del DNI, asi como el compromiso de otorgar el servicio de

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