Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2002 (10/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 10 de marzo de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, la Empresa Textil La Mar S.A.C. ha efectuado una donacion a favor del Congreso de la Republica consistente en prendas de vestir, destinadas a los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio de 2001 en el Sur del Peru; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 1242001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por la Empresa Textil La Mar S.A.C., a favor del Congreso de la Republica consistente en polos, pantalones y otros bienes que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema, segun Carta de Donacion de fecha 9 de MORDAZA de 2001. Donacion destinada a los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio de 2001 en el Sur del Peru. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Articulo 3º.- Para efecto del Credito contra el Impuesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99EF, se considera el costo computable equivalente a S/. 10 884,40 (Diez Mil Ochocientos Ochenta y Cuatro y 40/100 Nuevos Soles), segun Declaracion Jurada de fecha 7 de noviembre de 2001. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de la comprobacion posterior que corresponda efectuar a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO Cantidad 32 24 116 12 197 10 50 19 4742 Bienes T-shirts manga corta Polos manga larga Polos manga larga T-shirts manga corta Vestidos manga larga Vestidos manga larga Enterizos Pantalones

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia formulada por Compania Universal Textil S.A. a autorizacion de generacion de energia electrica en central termica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2002-EM/DM MORDAZA, 4 de marzo de 2002 Visto: El Expediente Nº 33061195, organizado por la Compania Universal Textil S.A. y la solicitud de renuncia a la autorizacion de generacion de energia electrica en la Central Termica Universal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 350-95-EM/ VME de fecha 11 de diciembre de 1995, se otorgo autorizacion por tiempo indefinido a Universal Textil S.A. para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Termica Universal con una potencia instalada de 2,38 MW, ubicada en la Av. Venezuela Nº 2505, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 239-2000-EM/ VME de fecha 26 de MORDAZA del 2000, se transfirio la titularidad de la autorizacion a que se refiere el considerando que antecede, a la Compania Universal Textil S.A.; Que, en cumplimiento del Articulo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2001-EM y al MORDAZA de la Ley Nº 26539, la Compania Universal Textil S.A. ha formulado renuncia a la autorizacion de la Central Termica Universal, manifestando que tal renuncia no compromete el Servicio Publico de Electricidad; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos formales, ha verificado que la renuncia no compromete el Servicio Publico de Electricidad, por lo que ha emitido el Informe Tecnico Nº 016-2002-EM/DGE e Informe Legal Nº 0252002-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR la renuncia formulada por la Compania Universal Textil S.A. a la autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 350-95-EM/VME, la misma que queda cancelada. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguientes de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 4394

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Panama para participar en la "XV Reunion del Grupo de Negociacion sobre Subsidios, Antidumping y Derechos Compensatorios"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2002-ITINCI/DM MORDAZA, 6 de marzo de 2002

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